42 JOSÉ MARÍA CASTELLANO MARTÍNEZ
Estudios Franco-Alemanes 4 (2012), 37-56
mediante normas ("reglas" y "normas" las podemos
utilizar como sinónimos). Institucional, debido a que es
un texto que organiza (sic.) el conjunto del
ordenamiento y, consiguientemente, de la sociedad que
aquél regula, estructurando los diversos poderes
(político, económico, social, etc.) bajo forma jurídica.
Decisional habida cuenta de que el texto jurídico, que es
el ordenamiento, es resultado de un amplio abanico de
decisiones conscientes, tomadas por quienes tienen el
poder para ello (...).
El Derecho es una clara manifestación de la necesidad de la lengua en
cualquier sociedad humana, pues, al igual que dicha sociedad no se concibe
sin lengua, tampoco se concebirá sin reglas o normas que la hagan
"sociedad" propiamente, es decir, que organicen y regulen las relaciones de
sus individuos.
El Derecho está, por lo tanto, intrínsecamente relacionado con la lengua,
ya que surge y se desarrolla como tal en ella. El texto jurídico es un texto
unidireccional que suele caracterizarse por el uso de un lenguaje culto y
elevado por parte del órgano emisor, pudiendo ser el receptor concreto o
genérico. Asimismo, el uso de nominalizaciones es frecuente, especialmente
el de sustantivos de carácter abstracto y teniendo al género neutro o
masculino salvo algunas excepciones de textos legislativos que han
adoptado la política de género en su exposición de motivos o articulados.
También es habitual el uso de deícticos (dicho, éste, el anterior, el citado,
etc.) para referirse a elementos anteriores, posesivos en tercera persona o el
uso de adjetivos que restrinjan y determinen el sustantivo al que cualifican.
En cuanto al uso de verbos, se prefieren las formas no personales como los
infinitivos, las perífrasis verbales, etc. Además, en el caso de las lenguas
romances, las oraciones pueden llegar a ser complejas y largas, pudiendo
llevar a la confusión y a la difícil interpretación de la misma.
En la labor traductora, resulta fundamental analizar el texto que será
objeto de traslación lingüística. El ámbito jurídico goza de amplia diversidad
textual debido a que abarca un amplio espectro jurídico-institucional en
tanto que los tribunales y juzgados, las Administraciones públicas, las
personas físicas y las jurídicas, entre otros, producen en su actividad textos
de carácter jurídico, que no por ello deben ser actos jurídicos.