RESUMEN:
Para facilitar el aprendizaje sólido en asignaturas con un importante número de conceptos jurídicos, se propone trabajarlos a base de un glosario ilustrado. El glosario debe hacerse de forma individual. La forma de reforzar los conceptos se trabaja en grupo, que seleccionará, analizará y expondrá un caso de referencia.
PALABRAS CLAVE: conceptos jurídicos, mapa conceptual, teatralización, radio.
ABSTRACT:
In order to facilitate solid learning in subjects with a large number of legal concepts, it is proposed to work on them on the basis of an illustrated glossary. It is suggested that the student prepares the glossary individually, while the reinforce of concepts is meant to be done in a group, which has to select, analyze and present a reference case.
KEYWORDS: legal concepts, concept map, dramatisation, radio.
SUMARIO:
En este trabajo nos aproximaremos, usando una asignatura de Derecho Administrativo, a la realidad de muchas asignaturas de los estudios superiores en ciencias jurídicas que requieren de sus alumnos que asimilen un gran volumen de conceptos jurídicos en un corto espacio temporal como presupuesto para, a su vez, aprender el régimen jurídico de distintas ramas del Derecho. Frente a esta dificultad común, como decimos, a muchas asignaturas del Grado en Derecho, se propone una metodología docente basada en la construcción por el estudiante de un glosario, bajo la orientación del profesor, así como el refuerzo de los conceptos jurídicos que lo integran, a base de la teatralización de casos ilustrativos de los mismos. Mientras que los glosarios se sugieren como trabajo individual de cada estudiante, se propone que la fórmula de refuerzo se construya en grupo y se le saque partido, incluso, de promoción en promoción.
La asignatura de Derecho Administrativo I del Grado en Derecho que se imparte, bajo la fórmula de Bolonia, en la Universidad Pablo de Olavide consta de seis créditos. Como consecuencia, se desarrolla a lo largo de catorce semanas lectivas, a razón de dos horas de enseñanzas básicas semanales (en conjunto, veintiocho) y un total de doce horas de enseñanzas prácticas distribuidas en ocho sesiones de una hora y media de clase (es decir, hay seis semanas de clase sin sesiones prácticas). El temario comprende desde las situaciones jurídicas del ciudadano, pasando por el procedimiento administrativo y el acto administrativo (su validez, eficacia y ejecución forzosa), hasta los mecanismos para el control de legalidad del acto administrativo en vía administrativa y ante la jurisdicción contencioso-administrativa. El grueso de la asignatura, por tanto, reside en el contenido de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común (completado en algunos aspectos con su indisociable Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público) y en el de la Ley 29/1998 reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Este acopio de datos nos da idea del alto ritmo de asimilación conceptual que requiere la asignatura, condición indispensable para, a su vez, poder hacerse con el régimen jurídico de cada uno de ellos, formulado normalmente a base de una regla general (integrada por requisitos en el supuesto de hecho) y una serie de excepciones (igualmente diseñada por otros requisitos diferentes). Esto, unido al hecho de que la asignatura se construye sobre realidades que son de corte abstracto (acto administrativo, invalidez, eficacia; etc.), da lugar a un auténtico adoquín de difícil digestión para un número nada despreciable de estudiantes de Derecho.
Lo que aquí se presenta como punto de partida de este artículo ha sido la conclusión que se ha confirmado en anteriores proyectos docentes desarrollados en la Universidad Pablo de Olavide: la amplia relación de conceptos jurídicos que han de asimilar los estudiantes es una de las dificultades particulares para la superación de la asignatura de Derecho Administrativo en el Grado en Derecho. Y lo mismo nos transmite el equipo de coordinadores de la asignatura “Trabajo Fin de Grado” del Grado en Derecho, que en la Universidad Pablo de Olavide es de corte práctico y de carácter multidisciplinar (asignaturas básicas y obligatorias del plan de estudios del Grado[3]), por lo que los aciertos o deficiencias de la docencia de los cursos anteriores tiene cumplido reflejo en esta asignatura con la que se cierra el ciclo formativo del Grado.
La experiencia docente y la observación personal del proceso de aprendizaje de los estudiantes de Grado me ha llevado a la convicción de la necesidad de implantar metodologías docentes focalizadas en facilitar la asimilación de estos conceptos, así como en su refuerzo y distinción, en la línea del aforismo “Quien bien sabe, bien distingue”, … y finalmente, “bien relaciona”, añadiría yo.
En efecto, la secuencia lógica del aprendizaje jurídico podría enunciarse así: primero, la identificación de un concepto jurídico y su utilidad gnoseológica; segundo, diferenciación de otros conceptos o figuras afines (esto es, de otros conceptos que tengan algún punto o característica común con el concepto de que se trate, pero también alguna otra que haga necesario diferenciarlo de él); y tercero, relación de utilidad con otros conceptos. Tan importante como la identificación y distinción de conceptos esenciales de la asignatura de Derecho Administrativo, es lograr que nuestros estudiantes sean capaces de establecer relaciones lógicas entre ellos, pues el ordenamiento jurídico en el que se insertan tales conceptos responde más a la idea de un sistema de normas interrelacionadas que al de un conjunto de normas estancas.
En las páginas que siguen se expone una metodología que tiene como objetivos propios precisamente los expuestos y que ha sido aprobada como “proyecto de innovación docente” en la Universidad Pablo de Olavide para el curso 2024-2025, en el contexto del Plan de Innovación y Desarrollo Docente en dicho periodo[4].
A los ojos de un estudiante de Derecho, la pluralidad de conceptos jurídico- administrativos que ha de asimilar se presenta como la infinidad de astros en una noche estrellada para el profano en astronomía: un paisaje plano en el que los conceptos, cuales luceros, son captados como una mota más entre otras tantas. Ninguna de ellas tiene especial significación ni guarda relación alguna con otras, de las que ni por asomo tiene la necesidad de diferenciar. La labor del profesor es ir mostrando la posibilidad de aislar, entre todos las demás, algún astro (entiéndase “concepto jurídico”) que interesa saber localizar e identificar, así como luego poder relacionar con otros para, entre ellos, construir una constelación que pueda emplearse para algún fin de utilidad jurídica. Siguiendo con la comparación, la identificación de la constelación de la Osa Mayor nos llevaría a encontrar la Osa Menor y, en el extremo de su cola, la Estrella Polar que señala el rumbo al norte del globo.
Para aplicar esta metodología, hay que partir de los conceptos jurídicos que sabemos, por la experiencia acumulada, que resultan fundamentales a la hora de construir la representación gráfica de las realidades jurídicas a que esos conceptos se refieren. Y dado que los conceptos jurídicos se identifican por su nomen iuris, lo más oportuno es comenzar por la relación de vocablos de un glosario.
2.1. Sus elementos como punto de partida
De forma parecida a cuando se hace la representación cartográfica de una zona se busca situar los principales accidentes geográficos de la misma, para hacerse con el régimen jurídico de una materia conviene hacer lo propio con los conceptos jurídicos clave de la regulación de que se trate. Esto, y no otra cosa, es lo que aporta identificar a modo de glosario las nociones fundamentales con las que se construye la teoría que haya de enseñarse a nuestros estudiantes.
Formar un glosario es una tarea que no tiene especial dificultad para un profesor. En primer lugar, basta repasar con atención los temas del programa e ir aislando lo que son nociones jurídicas (esto es lo aquí interesa) de lo que son requisitos o consecuencias previstas en las normas objeto de estudio (que son objetivo de un segundo estadio). El listado de vocablos que se obtenga tras ese proceso de cribado puede decirse que constituye el núcleo estructurante de los conocimientos que tengan que ser dominados para superar la asignatura. Y precisamente en esta característica es donde reside la utilidad docente del glosario, al facilitar al estudiante la identificación de los hitos imprescindibles de la asignatura.
En segundo lugar, ha de añadirse a cada vocablo su definición. Este aspecto puede dejarse, sin mayor problema, a la responsabilidad de los propios estudiantes para implicarles en este punto de partida. Dado que el concepto se define y explica en la clase teórica, al hilo de la exposición del tema, la definición evaluadoras, prioritariamente enfocadas a la formación en competencias, integrada en el marco del Plan de Innovación y Desarrollo Docente de la citada Universidad (curso 2024-2025), publicada en el Tablón Electrónico Oficial de la UPO, con fecha 14 de noviembre.
del glosario pueden configurarla ellos mismos, a partir de apuntes que hayan tomado; extraerla de los manuales recomendados en la bibliografía de la asignatura (incluso con anterioridad a la clase, y confrontarla con la que se ofrezca en la sesión teórica, para corregirla o completarla); y, también tienen a su disposición en la biblioteca las obras de referencia (diccionarios o enciclopedias jurídicas), así como el utilísimo Diccionario panhispánico del español jurídico (DPEJ) de la Real Academia de la Lengua Española, disponible en internet[5]. Por todo ello, yo, como profesora, les ofrezco simplemente la relación de vocablos (sin definición alguna), acompañados de la indicación de su utilidad jurídica. En concreto, normalmente, preparo una tabla por lección o unidad didáctica en la que incluyo tres columnas: en una de ellas señalo los vocablos integrantes del glosario, muchas veces sin necesidad de ordenarlos alfabéticamente, sino según resulte de la exigencia conceptual; en otra columna indico cuál es la utilidad jurídica del vocablo o de los vocablos de que se trate; y, finalmente, dejo una tercera columna para que sean los propios estudiantes quienes la completen con la norma que regule tales conceptos o en su caso, se recuerda que son conceptos definidos por la doctrina jurisprudencial[6]. He de precisar que, si bien esta última columna no obedece a necesidad conceptual alguna, sí que resulta de cierta utilidad por el hecho de provocar una repetición de las normas jurídicas que termina por retenerse en la memoria.
Por más que resulte evidente, he de subrayar la gran utilidad del manejo de un glosario así construido. De cara al estudiante, sirve para focalizar su atención en las nociones que resultan clave para el régimen jurídico que ha de asimilar, exigiéndole que formule su definición. La herramienta facilita, además, el sentido estratégico o utilidad práctica de tales conceptos y, finalmente, le obliga a asociar ambos, concepto y utilidad, a una norma jurídica. Desde otro punto de vista, conviene recomendar que la preparación del glosario se haga individualmente por el estudiante. Ciertamente, cabría pensar que, dividiendo el glosario de toda la asignatura entre varios estudiantes, se tendría completado el contenido del glosario mucho más rápida y fácilmente. Sin embargo, es tan nuclear su contenido que, en mi opinión, resulta más rentable el trabajo personal que grupal.
No quedan rematadas las ventajas del glosario como instrumento apropiado en la enseñanza-aprendizaje del Derecho (Administrativo, en nuestro caso) si no se añade que la asimilación adecuada de su contenido tiene múltiples utilidades. En primer lugar, sirve de síntesis nuclear y estructurante del temario de la asignatura. En segundo lugar, ayuda a distinguir apropiadamente unos conceptos de otros, evitando los errores conceptuales graves, tanto en la exposición de la teoría como en su aplicación en ejercicios de corte práctico. Por último, facilita las sucesivas fases del aprendizaje, teniendo por tales, en primer lugar, la reformulación del régimen jurídico de cada concepto a base de asociarle requisitos, clasificaciones y consecuencias jurídicas; y, en segundo lugar, el establecimiento de relaciones lógicas entre unos y otros, preparando el terreno a la representación de mapas conceptuales.
Por lo demás, la forma más directa de interesar a los estudiantes en el desarrollo del glosario pasa por incorporar preguntas que directamente se refieran a la definición conceptual, ya sea en la convocatoria de pruebas de evaluación continua o de los exámenes finales. Al respecto, se pueden utilizar la modalidad de preguntas tipo test, preguntas de tipo rellenar huecos en frases o preguntas que pidan exponer la definición.
Por último, cabe destacar, igualmente, la ductilidad de lo hasta aquí dicho para cualquier otra asignatura en la que la profusión de conceptos jurídicos de necesaria asimilación sea reseñable.
Tengo para mí que un buen jurista también es un buen usuario del lenguaje y, por tanto, los diccionarios son uno de sus instrumentos más habituales de trabajo. Una de las características de los buenos diccionarios es que, además de definir el vocablo de que se trate, acompañan esa definición con ejemplos del uso de la palabra en cuestión; a veces, inventados por el autor, a veces, incluso mejor, tomados de obras literarias (referenciando su título y autor). De esta forma, el usuario termina de comprender el significado del término y a usarlo convenientemente.
Salvando las distancias, lo expuesto puede trasladarse para completar el método del glosario hasta ahora descrito con el objetivo de rematar, con un casoejemplo, el proceso de aprendizaje de los conceptos jurídicos del temario de la asignatura mediante un refuerzo conceptual conforme se va desarrollando el curso. Este refuerzo conceptual representa simultáneamente una oportunidad, como se verá, de trabajar transversalmente toda una serie de técnicas de búsqueda de información documental, así como de mejorar las habilidades de exposición escrita, oral y manejo de vocabulario técnico-jurídico.
A diferencia de la fase anterior, esta sí recomiendo que se desarrolle en grupo, aunque no ha de descartarse, si se considerase conveniente, la posibilidad de llevarla a cabo de forma individual. De realizarse mediante grupos, el profesor habrá de determinar el número mínimo y máximo de componentes del grupo; el número de grupos que le resultan manejables y cómo integrarlos, pudiendo elegir entre formar él mismo los grupos o bien dejar que los estudiantes se organicen ellos mismos[7].
El objetivo de esta fase es ilustrar los conceptos jurídicos del glosario con un caso para cuya resolución se ponga de manifiesto la necesidad de manejar dicho concepto, o su interpretación jurídica. La selección del concepto jurídico con el que ha de trabajar cada grupo también puede reservársela el profesor (asignando a cada grupo un concepto jurídico o varios entre los que elegir) o dejar que el grupo opte por el que prefiera.
Para la selección del caso que acompaña al concepto jurídico, los estudiantes tendrán que elegir, bien una resolución judicial, bien un informe o dictamen de órganos consultivos (Consejo de Estado o asimilados autonómicos).
Para las primeras habrán de usar las bases de datos de jurisprudencia de que se disponga en la biblioteca universitaria, o bien la base de datos que ofrece el CENDOJ. Para los dictámenes de órganos consultivos, utilizarán la base de doctrina del Consejo de Estado disponible a través de la web del BOE o la que tenga disponible en su web el órgano autonómico en cuestión. Este tipo de búsqueda es la que presenta mayor dificultad para los estudiantes; pero el nivel de exigencia puede reducirse si se reconduce la búsqueda a través de blogs o revistas jurídicas y la selección de jurisprudencia en ellos comentadas[8].
Una vez determinado el caso con el que trabajar la ilustración del concepto jurídico de que se trate, el siguiente paso es hacer una lectura comprensiva en profundidad del mismo que permita que los estudiantes localicen los términos del problema jurídico planteado y cómo el concepto jurídico con el que trabajan representa una clave de la solución al mismo. Una manera de plasmar este análisis es preparar un guión con varios interlocutores para la teatralización del material seleccionado (p.e., si es una sentencia, un interlocutor es el narrador, otro expone argumentos de demandante, otro los del demandado y otro representará el parecer del órgano jurisdiccional que se plasma en la sentencia y fallo, así como eventuales votos particulares).
Puede darse la opción de que los grupos entreguen el documento seleccionado para servir de ilustración, así como una propuesta de guión para que sea supervisado por el profesor. En mi opinión, esto resulta tanto más recomendable cuanto menos formados estén los alumnos, pues normalmente, si la asignatura se imparte en primer o segundo curso del Grado, suele ser más necesaria esa supervisión. Sobre todo, para garantizar el acierto en la correspondencia entre el concepto jurídico y el documento elegido para ilustrarlo, así como para pulir las formas de expresión.
Hechas las observaciones pertinentes, en su caso, el grupo puede proceder a la teatralización del material seleccionado y a su grabación. Se recomendará que la grabación vaya precedida de la presentación del concepto jurídico y su definición; luego se indicarán los datos del caso, en función de cuál sea su naturaleza (sentencia, auto o dictamen) y, a continuación, se realizará la teatralización propiamente dicha. El archivo con la grabación (audio-cápsulas) también será entregado al profesor (preferiblemente a través del aula virtual) para proceder a su evaluación de acuerdo con la correspondiente rúbrica. Se valorará la adecuación del material para ejemplificar el concepto seleccionado, la capacidad de exposición oral de los participantes y la capacidad de síntesis del documento sobre el que se haya trabajado. Igualmente, podrá tenerse en cuenta el grado de supervisión y orientación que el profesor haya tenido que emplear. Cabe hacer participar a los demás estudiantes en la confección de la rúbrica y en el proceso de evaluación.
La puntuación así obtenida puede diseñarse para integrar la evaluación continua de los participantes en el caso de que esta actividad se conciba como obligatoria; de otra manera, puede presentarse como una puntuación del examen final que se consigue de forma anticipada, de modo que no tenga que realizar alguna pregunta del examen final (por ejemplo, la relativa a las definiciones conceptuales).
Un incentivo adicional es que las audio-cápsulas mejor evaluadas puedan grabarse en el estudio de la radio universitaria y se recomienden para ser divulgadas en el programa de contenido jurídico de la radio universitaria. Manejarse en un estudio de radio profesional o cuasi-profesional, como son los de las radios universitarias, normalmente resulta un atractivo para los estudiantes, a parte de conseguirse así un nivel bastante bueno en la calidad del sonido. En la Universidad Pablo de Olavide tenemos la suerte de tener un campus único, con lo que el acceso al estudio de RadiOlavide no representa mayor dificultad. Así mismo, nuestra radio universitaria es una de las pocas en cuya parrilla existe un espacio de corte jurídico[9]. La incorporación de estos resultados a su programación, a parte de resultar de interés para la comunidad estudiantil, tiene el aliciente para los autores de la radio-cápsula de poder incorporarlo como experiencia a su currículum vitae (por ejemplo, sencillamente a través de un QR)
Finalmente, las radio-cápsulas y audio-cápsulas evaluadas positivamente se subirán al aula virtual, incorporándose como ilustración al glosario de la asignatura, y estarán disponibles como material complementario de aprendizaje para el año en curso.
3.1. Trabajo y aportación individual, colectivo e inter-promocional
Entre las fortalezas de esta metodología, cabe señalar la combinación del trabajo individual con el trabajo en grupo. Para facilitar el desarrollo del trabajo en grupo, cabe sugerir que sus miembros se repartan cuantitativamente la tarea de localizar un caso para proponerlo al resto del grupo como caso ilustrativo. Por ejemplo, esto puede conseguirse asignando a cada miembro del grupo unos determinados años para la búsqueda de jurisprudencia, o unos concretos órganos jurisdiccionales u órganos consultivos. Puede hacerse el seguimiento tanto del trabajo individual como del realizado en grupo recurriendo al diario o cuaderno de campo. En él habrá de reflejarse secuencialmente la tarea realizada por cada estudiante y/o miembro del grupo.
En contraste con lo anterior, la metodología propuesta presenta una debilidad, que no es otra que la dificultad, por no hablar de imposibilidad, de que en un curso pueda abarcarse la ilustración de todos los conceptos jurídicos del temario, que hemos afirmado ser muy cuantiosos. Desde el punto de vista de los objetivos de aprendizaje del estudiante, se podría excluir de esta objeción los objetivos de carácter instrumental o metodológicos, pues atendidos respecto de unos conceptos quedan atendidos para el resto. Por el contrario, la debilidad expuesta afecta de lleno en la vertiente sustantiva o conceptual, ya que es innegable que en un curso no hay tiempo para hacer un barrido de todos los conceptos del glosario.
Sin embargo, sí pueden ofrecerse algunas formas de minorar el efecto de esta debilidad. Uno de ellos es aplicar esta metodología, de haberlos, en las diferentes líneas o grupos de clase (v. gr., de mañana y de tarde) y poner en común las radio-cápsulas resultantes. De esta forma, se duplicarían o triplicarían las radio-cápsulas de refuerzo de los conceptos de los glosarios. Otra manera, de aplicación adicional (y, por tanto, no excluyente) de la anterior, es hacer que en cada curso se forme un legado de radio-cápsulas cuyos autores quieran donarlas a la promoción siguiente. Así, por acumulación colectiva e inter-promocional, no se requerirá mucho tiempo para cubrir todos los conceptos jurídicos del glosario o, al menos, gran parte de estos. Este mismo proceder cabe mantenerse con objeto de tener actualizados los ejemplos en lo que a cambios doctrinales se refiere.
Para cerrar este trabajo, me gustaría sintetizar los objetivos docentes secundarios cuya consecución lleva implícita la metodología expuesta.
Empecemos señalando que esta metodología, desde el momento en que permite al alumno detectar más fácilmente las dificultades que tenga con los diferentes conceptos, también es una forma ideal para que se reclame en tutoría una atención personalizada por parte del estudiante. De la mano del anterior, se desprende de esta metodología el doble objetivo de prevenir los errores conceptuales graves en los procesos de evaluación de conocimientos y de consolidar el aprendizaje de los estudiantes en el tiempo, a base de la retención de los casos que ilustran los conceptos clave de la asignatura.
Igualmente, con esta metodología y el reto de la localización del mejor caso ilustrativo, la posibilidad de asegurar cierta puntuación de cara al examen, el empleo de diversas tecnologías, el acceso a medios de comunicación universitarios, así como el fomento de la solidaridad inter-promocional cabe esperar que repercutan en la motivación positiva del alumnado, la activación de su curiosidad científica y el aprendizaje en el manejo de bases de datos de jurisprudencia y de doctrina de órganos consultivos. En definitiva, se fomenta que los estudiantes “aprendan a aprender” y que se asiente en ellos la capacidad de auto-aprendizaje.
A parte de conseguir avanzar en el objetivo de que los estudiantes aprendan a trabajar en grupo, esta metodología refuerza necesariamente las habilidades de análisis de documentos jurídicos, así como las de expresión escrita y exposición oral de los estudiantes, junto con la adquisición de vocabulario técnico. Adicionalmente, debido a la necesidad de estar pendientes de las definiciones conceptuales ofrecidas en las sesiones teóricas y aplicadas en las sesiones prácticas, esta metodología cubre el objetivo docente de aumentar la atención en las clases, así como la constancia en el estudio y la participación activa de los estudiantes en el desarrollo de la asignatura. Resulta evidente, asimismo, la consecución con esta metodología del objetivo docente consistente en instruir a los estudiantes en el manejo de TICs aplicadas a la rama del Derecho de que se trate (en concreto, al Derecho Administrativo).
Finalmente, puede apuntarse entre los objetivos cumplidos la difusión de materiales preparados por los estudiantes, tanto por la transmisión entre promociones que se propone como por la integración de los mismos en un programa de radio universitaria. Con ello, igualmente, se estaría dando satisfacción al objetivo de reutilización del desempeño de los estudiantes en la asignatura en la que se implante esta metodología.
APÉNDICE
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TEMA 1.- LA SITUACIÓN JURÍDICA DEL CIUDADANO |
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VOCABLOS JURÍDICOS PARA EL GLOSARIO |
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DEFINA |
¿Qué utilidad jurídica tiene? |
¿Dónde se regula? |
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1.10. Situación activa del administrado |
Conocer qué puede reclamar ante las Administraciones Públicas |
Son conceptos doctrinales
Algunos tienen reflejo directo en la Constitución. Todos lo tienen en la legislación sectorial |
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1. Derecho subjetivo |
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2. Interés legítimo |
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3. Interés simple |
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4. Acción popular |
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1.20. Situación pasiva del administrado
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Conocer qué pueden reclamarle las Administraciones Públicas |
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1. Deber |
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2. Obligación |
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3. Carga |
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1.30. Relación de sujeción general o especial (del administrado con la AP)
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Conocer la intensidad de la exigencia de que sean regulados mediante Ley (y, en consecuencia, conocer el correspondiente ámbito de regulación mediante reglamento) |
Son conceptos doctrinales Tienen reflejo en la legislación sectorial |
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1.40. Capacidad de obrar administrativa |
Conocer cuándo alguien puede actuar por sí mismo válidamente ante una AP |
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1. Vecindad administrativa |
Conocer qué capacidad tiene alguien ante las EELL |
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2. Padrón Municipal de Habitantes |
Conocer dónde figuran los datos de los residentes en municipios españoles |
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[1] https://orcid.org/0000-0003-1035-952X.
[2] El origen de este trabajo es mi participación (con una ficha metodológica) en las III JORNADAS MID DE INNOVACIÓN DOCENTE de la Asociación Española de Profesores de Derecho Administrativo, auspiciadas por la Facultad de Derecho de la Universidad de Córdoba, en septiembre de 2024.
[3] Véase la Resolución de 14 de octubre de 2015, de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, por la que se publica el Plan de Estudios de Graduado en Derecho (BOJA núm. 223, de 17 de noviembre de 2015), así como la Guía Docente de la Asignatura, publicada en la web de la Facultad de Derecho de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla.
[4] Confróntese la Resolución de 22 de noviembre de 2024, de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, por la que se aprueba la relación definitiva de proyectos adjudicados en la convocatoria de la acción 2: proyectos destinados al diseño y aplicación de nuevas metodologías docentes y
[5] Fechado en 2023 y que puede consultarse en línea en la dirección https://dpej.rae.es/
[6] Al final del trabajo se incluye un apéndice de una tabla que recoge parte del glosario de una lección, con la que se pretende ilustrar una forma sencilla de presentar toda esta información.
[7] A estos efectos, si se dispone de aula virtual de blackboard o similar, resultan muy prácticos los denominados grupos de autoinscripción, que permiten a los alumnos incorporarse al grupo que deseen.
[8] Cabe sugerir, por ejemplo, el blog jurídico Es de justicia o El rincón jurídico de J.M. Chaves. En cuanto a las revistas científicas, puede recomendarse “el consultor de los ayuntamientos” -sección abogacía pública local-, o Actualidad administrativa; disponibles ambas a través de la base de datos electrónica “Legalteca”.
[9] Se trata, en concreto, del espacio Audita Parte, cuyos programas están accesibles en la fonoteca a través de la dirección https://radiolavide.org/fonoteca/