ISSN: 1579-9794
Hikma 20 (2) (2021), 229 - 253
Aspectos deontológicos de los servicios de interpretacn
en entidades de acogida a solicitantes de protección
internacional y personas refugiadas: resultados de
entrevistas a entidades andaluzas
Deontological Aspects of Interpreting Services in Asylum
Seeker and Refugee Reception Centres: Results of
Interviews with Andalusian reception centres.
ESTELA MARTÍN RUEL
estelaruel@upo.es
Universidad Pablo de Olavide
Fecha de recepción: 27/04/2021
Fecha de aceptación: 13/07/2021
Resumen: La tendencia creciente del mero de solicitudes de asilo
presentadas en nuestro ps, así como el diseño del sistema de acogida e
integración existente para los solicitantes a la espera de resolución, indican
la urgente necesidad de unos servicios de interpretación que atiendan a
estas personas de manera profesional. Esto debería conllevar que se
respeten, con todas las garantías, los aspectos deontológicos que implica
este contexto especialmente sensible. Para ello, es necesario conocer el
estado de la cuestión sobre deontoloa en interpretación en general, así
como en el ámbito del asilo y refugio en particular y qué herramientas
existen para suplir la falta de conocimiento al respecto cuando una entidad
de acogida trabaja con intérpretes. Tras abordar estas cuestiones, se
ofrecen en el presente artículo los resultados de una investigación realizada
en entidades de acogida en Sevilla, capital de una de las regiones europeas
con mayor entrada de inmigración. Los resultados expuestos se centran en
los aspectos deontológicos que emanan de la prestación de servicios de
interpretación durante la acogida de solicitantes de protección internacional.
Destacamos que la realidad parece mostrar una carencia de concienciación
sobre la necesidad de contar con profesionales formados en interpretación,
y con conocimientos en protección internacional, lo cual conlleva problemas
de ética profesional a la hora de prestar el servicio. Nos detenemos en
aspectos concretos de principios deontológicos básicos que se vuelven
ambiguos, con extractos literales de las entrevistas realizadas para el
estudio. Ofrecemos posibles soluciones para tratar de remediarlo y
resaltamos la buena disposicn de estas entidades para colaborar y
comprometerse con unas buenas prácticas profesionales que redunden en
230 Aspectos deontogicos de los servicios de interpretacn […]
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unos servicios de interpretacn de mayor calidad en la acogida de los
solicitantes de protección internacional.
Palabras clave: Protección internacional, Asilo, Refugio, Interpretación,
Deontología.
Abstract: The rising trend in the numbers of asylum applications submitted
in Spain and the organization of the existing system for receiving and
integrating applicants pending rulings indicate an urgent need for interpreting
services capable of attending these people efficiently and professionally.
Such services should fully guarantee respect for the deontological aspects of
what is a particularly sensitive procedure. To achieve this objective, we need
to be familiar with the deontological situation in interpreting in general and,
above all, in the fields of asylum and refugee management, and know what
tools are available with which to address lack of awareness in this area
when reception centres work with interpreters. After examining these issues,
this article presents the results of a study carried out in reception centres in
Seville, the capital of one of the regions in the EU which receives the highest
number of immigrants. The results focus on the deontological considerations
associated with the provision of interpreting services during the reception of
asylum seekers. Reality seems to indicate a lack of awareness regarding the
need to employ professionally trained interpreters familiar with international
protection procedures a situation which leads to problems of professional
ethics when providing language services. The article examines how specific
aspects of basic deontological principles are compromised and become
ambiguous, with word-for-word excerpts from the interviews conducted
during the study. It also suggests possible ways to improve the situation,
while highlighting the willingness of the centres involved to collaborate and
adhere to professional good practices which will result in interpreting
services of higher quality when receiving asylum seekers.
Keywords: International protection, Asylum seeker, Refugee, Interpretation,
Deontology.
INTRODUCCN
En el presente artículo establecemos, en primer lugar, una
diferenciación terminológica entre solicitante de protección internacional y
persona refugiada con el fin de definir ambos conceptos, manejados a lo
largo del texto. Tras esta aclaración, abordamos el sistema de acogida e
integración en España y en Andalucía, describiendo la tendencia actual de
solicitudes de asilo y las regiones de llegada de solicitantes, así como las
fases de acogida establecidas por el Ministerio de Trabajo, Migraciones y
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Seguridad Social por las que pasan los beneficiarios a la espera de la
resolución de las peticiones tramitadas. Nos centramos en el servicio de
interpretación que se presta a lo largo de esta acogida, qué normativa lo
ampara y cuál es la realidad. Dado que se trata de un contexto
especialmente sensible, nos centramos a continuacn en destacar la
importancia de la deontoloa que debe acompañar en todo momento la
pctica de los profesionales que prestan este servicio y q recursos
pueden consultarse como apoyo a una pctica profesional lo más ética
posible. Finalmente, presentamos los resultados de un estudio propio
basado en entrevistas a responsables de entidades de acogida en Sevilla,
orientado a discernir la manera en que se cubren los servicios de
interpretación. Comenzamos resumiendo los resultados más generales para
centrarnos a continuación en los aspectos deontológicos que destacan de
las respuestas obtenidas. Con todo ello, tratamos de sacar conclusiones
sobre el sector objeto de estudio, como fuente d e reflexión y de posible
aportación a la mejora de los servicios que se prestan.
1. DERECHO DE ASILO, PROTECCN INTERNACIONAL Y REFUGIO
Antes de nada, diferenciaremos entre las personas solicitantes de
protección internacional y las refugiadas. Partimos de que el Derecho de
asilo es un Derecho Humano fundamental, recogido tanto a escala
internacional (artículo 14 de la Declaracn Universal de los Derechos
Humanos, Convención de Ginebra de 1951 y Protocolo de Nueva York de
1967), como a escala europea (Carta de Derechos Fundamentales de la
Unión Europea de 2017), como a escala nacional (Constitución Española de
1978, Ley de Asilo de 1984 y la actual Ley de Asilo de 2009: Ley 12/2009,
de 30 de octubre). La protección internacional se define como:
Un derecho de toda persona a buscar protección fuera de su p aís
cuando huye de un conflicto o de una persecución que pone su
vida en peligro por su raza, religión, género, orientación sexual,
grupo social, nacionalidad u opinión pública (CEAR, 2018a).
Así, la persona solicitante de protección internacional es aquella:
[…] que solicita protección internacional y que se encuentra a la
espera de una decisión. Cualquier procedimiento de expulsión,
devolución o extradición que pudiera haber en curso, quedará
paralizado a la espera de la resolución de la solicitud de asilo.
(ACNUR, 2014).
La persona refugiada es aquella cuya solicitud ya se ha resuelto de
manera favorable. Su estatus conlleva derechos y obligaciones.
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2. EL SERVICIO DE INTERPRETACIÓN EN EL SISTEMA DE ACOGIDA E INTEGRACIÓN
EN ESPAÑA Y ANDALUCÍA
En 2019, España se convirtió en el tercer ps de la UE con el mayor
mero de solicitudes de protección internacional. Una tendencia que, a
pesar de la Covid-19, se ha mantenido en 2020 (Eurostat, 2021). Esta
tendencia refleja un continuo ascenso de solicitudes, con un aumento del
48% entre 2017 y 2018 (Accem, 2019). No obstante, las resoluciones de
estas solicitudes, de manera inversa, han ido descendiendo y, de las
resueltas, también han descendido las que obtienen dictamen positivo: en
2018, 24% de solicitudes resueltas favorablemente (35% el año anterior),
76% denegadas (Accem, 2019).
Andalucía es uno de los principales puntos de entrada de inmigración
en nuestro ps, junto con Ceuta, Melilla y parte de la costa del
Mediterneo. Siendo las principales llegadas por mar (UNHCR, 2019), las
costas andaluzas se han convertido en la principal ruta de personas
migrantes y refugiadas por mar a Europa (CEAR, 2018b).
2.1. Sistema de acogida e integración en España
El Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social se encarga
de la acogida e integración de las personas que solicitan asilo, mientras
dura el proceso de tramitacn a la espera de resolucn. El sistema de
acogida consta de tres fases, asumidas por diversas entidades, centros
gubernamentales u ONG, que siguen un itinerario de integracn
(Migraciones, 2017):
Acogida: primeros 6 meses. Se facilita alojamiento (dispositivo de
acogida) y ayuda para atención sanitaria, escolarización,
formación para el empleo, clases de español, y prestaciones para
alimentación y ropa. Se procede también a los tmites para su
documentación, se informa de los procesos legales pertinentes,
etc.
Integracn: hasta 12 meses. Las personas han finalizado su
estancia en el dispositivo de acogida, pero siguen recibiendo
apoyo para promover su autonomía e independencia, por
ejemplo, en la búsqueda de empleo o con prestaciones para el
alquiler de una vivienda.
Autonomía: hasta 18 meses. El destinatario puede recibir
asistencia o apoyo eventual o esporádico.
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2.2. Servicio de interpretación en entidades de acogida
Para los solicitantes de asilo, la necesidad de comunicarse y
comprender la información facilitada en las tres fases del sistema de
integración es básica. Todos los tmites y la elaboración de su expediente
conllevan detalles y matices cuya correcta expresión influirá en la resolución
de la solicitud y, por tanto, la oportunidad de quedarse o de ser devuelto a
sus pses de origen, lo que, en ocasiones, llega a ser una cuestión de vida
o muerte.
De ahí el decisivo papel del intérprete en todo el proceso,
especialmente en situaciones cotidianas como ir al médico, empadronarse o
escolarizar a los niños u otras más complejas como la atención psicológica,
la preparación de la entrevista con su abogado o la propia entrevista de
asilo con la policía.
Afortunadamente, la legislación internacional, comunitaria y nacional
recoge la importancia del acceso a los servicios de traducción e
interpretación (TeI) en el ámbito de la protección internacional. Por ejemplo,
la Directiva 2011/95/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 13 de
diciembre de 2011 donde, en su artículo 22, se menciona que se
proporcionará información «en una lengua que entiendan o que se suponga
razonablemente que entiende(O.J., 2011), o también el Reglamento (UE)
Nª 516/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo de 16 de abril de 2014
por el que se crea el Fondo de Asilo, Migracn e Integración, donde se
mencionan los «servicios de traducción e interpretación» (O.J., 2014), o
también la Directiva 2013/32/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de
26 de junio de 2013, donde se incide en varios apartados en facilitar al
solicitante «el derecho a los servicios de un intérpret y «servicios de
interpretación» (O.J., 2013). En España, la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de
enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su
integración social establece en varios artículos el derecho a «la asistencia
de intérprete si no comprenden o hablan la lengua oficial que se utilice»
(B.O.E., 2000), o la Ley 12/2009, de 30 de octubre, reguladora del derecho
de asilo y de la protección subsidiaria recoge el «derecho a intérprete», así
como a la «interpretación y traducción de documentos» (B.O.E., 2009). De
hecho, las entidades de acogida disponen de partidas presupuestarias
destinadas únicamente a servicios de TeI.
Lamentablemente, la realidad dista de lo que deberían garantizar
estas normativas, puesto que ninguna de ellas especifica la cualificación de
estos intérpretes. Como consecuencia, el criterio para contratarlos es
arbitrario y suelen ser personas no específicamente formadas para esta
tarea, sin garantías éticas ni profesionales. En ocasiones, incluso, se trata
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de intérpretes ad hoc: personas voluntarias, «familiares, personas carentes
de formación y competencias necesarias que tratan de suplir su falta de
conocimientos con motivación e implicación» (Pérez Estevan, 2017, pág.
180). Hicheri (2008) también destaca el uso de familiares, incluso niños,
amigos, vecinos o trabajadores de las propias entidades. Handi (2010)
menciona también las subcontrataciones sin control de garantías o la
contratacn de desempleados sin ninguna formacn previa en TeI. De
hecho, según León Pinilla, Jordà Mathiasen y Prado Gascó (2016, p. 32), en
Espa «la interpretación en el contexto de refugiados se hace como se
puede”», y «existe una patente precariedad de los servicios públicos de
interpretación para los solicitantes de asilo y refugiados, que da lugar a la
vulnerabilidad de estos usuarios».
3. DEONTOLOGÍA E INTERPRETACIÓN
Lo anteriormente expuesto levanta la necesidad de contar con
intérpretes profesionales correctamente formados. Esto implica una
formación adecuada que desarrolle sus competencias relacionadas con la
interpretación en general, con la Interpretación en los Servicios Públicos en
particular y con la especialidad de Interpretación en la acogida de
solicitantes de protección internacional. Entre los aspectos que deberían
destacarse de manera imprescindible en el trabajo de los intérpretes que
atienden a personas solicitantes de asilo y refugiadas se encuentra la
deontoloa.
Existen asociaciones profesionales con códigos deontológicos que
pueden servir de base para todo intérprete. Algunos son los de AIIC, AUSIT,
CHIA, ITIA, NAATI, RID
1
, a nivel internacional; o los de ASETRAD, AICE o
ESPAIIC
2
, en España. Además, muchos intérpretes profesionales, así como
el mundo académico, han abordado la cuestión en diversas publicaciones.
Así, suele haber consenso sobre los principios que debería seguir todo
profesional. Por ejemplo, AIIC (Asociación Internacional de Intérpretes de
Conferencias), el mayor referente en asociaciones de intérpretes a nivel
1
AIIC: https://aiic.org/document/6295/C%C3%B3digo%20deontol%C3%B3gico_SPA.pdf
AUSIT: http://www.saludycultura.uji.es/archivos/AUSIT-CODE_OF_ETHICS_(AUSTRALIA).pdf
CHIA:
https://chia.wildapricot.org/Resources/Documents/CHIA%20Standards/standards_chia.pdf
ITIA:https://www.translatorsassociation.ie/wp-content/uploads/2017/03/Code-of-Ethics-for-
Community-Interpreters.pdf
NAATI:https://www.naati.com.au/become-certified/how-do-i-become-certified/ethical-
competency/
RID: https://rid.org/ethics/code-of-professional-conduct/
2
ASETRAD: https://asetrad.org/la-asociacion/codigo-deontologico
AICE: https://www.aice-interpretes.com/pdf/codigo-deontologico.pdf
ESPAIIC: https://espaiic.es/document/4197/Codigo_deontologico_SPA.pdf
Estela Martín Ruel 235
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internacional, menciona, entre otros principios, la obligación de sus
miembros a la confidencialidad tanto sobre las personas como sobre la
información de un encuentro, la imposibilidad de obtener beneficio personal
de la información que se vierta o aceptar únicamente encargos para los que
se está cualificado. Todo ello en beneficio de un servicio de calidad, de la
dignificacn de la profesn, salarios apropiados y de atraer a nuevos
intérpretes hacia la profesión. En caso de violación de alguna de las reglas,
el comité sancionador de la asociación puede intervenir (AIIC, 2018). El libro
blanco de la traducción y la interpretación institucional (RITAP, 2011),
dependiente del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación español,
incide en fidelidad e integridad del discurso, competencia y preparación
suficientes, comunicación de limitaciones circunstanciales, imparcialidad
(con obligacn de declarar cualquier conflicto de intereses),
confidencialidad, responsabilidad, integridad moral o ética (no utilizar
información en beneficio propio o de terceros.), formación continua y
solidaridad profesional. Hale (2010, p. 114) analiza dieciséis códigos éticos
profesionales a escala internacional que divide en tres áreas: 1.
Responsabilidad del intérprete con los autores, incluyendo fidelidad,
imparcialidad y confidencialidad; 2. Responsabilidad del intérprete en su
labor mediante aspectos relacionados con su actitud como profesional
(puntualidad, vestimenta, etc.); 3. Responsabilidad del intérprete consigo
mismo, es decir, con un aprendizaje continuo, condiciones laborales,
reconocimiento, etc. Kalina (2015) alude igualmente al consenso en la
mayoa de códigos deontológicos sobre discreción, secreto profesional,
cuidado del material recibido, calidad de la interpretacn, precisión y
desarrollo profesional continuo.
Por tanto, vemos que se alude a los mismos principios básicos en los
códigos éticos profesionales de asociaciones o desde el mundo académico
y profesional para una interpretación digna, respetuosa y de calidad. No
obstante, no existe en España un código deontogico único ni ningún
colegio profesional que tenga «capacidad sancionadora o amonestadora
que pueda poner freno a prácticas concretas que perjudiquen al resto de la
sociedad y también a la imagen del colectivo» (Monzó, 2005, pág. 158).
3.1. Deontología e interpretación en contexto de asilo y refugio
La deontología, siempre importante en interpretacn, se torna aún
más crucial cuando hablamos de interacción con refugiados. Se trata de un
colectivo vulnerable y el intérprete que interviene en su trayectoria de
solicitud de asilo y acogida maneja información que debe ser tratada con las
máximas garantías. En comparación con la interpretación de conferencias,
la interpretación en este contexto se vuelve mucho más asimétrica. Por un
lado, la parte que se sitúa en una posición de mayor poder: autoridad local,
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estado o policía; por otro, el inmigrante, generalmente con diferente nivel de
educación y cultura. Además, especialmente en los casos de dialectos o
lenguas minoritarias, pcticamente nadie puede controlar la calidad del
trabajo del intérprete (Kalina, 2015). Otra particularidad es el alto grado de
privacidad de los temas que se abordan. De este modo, el secreto
profesional debe ser extremo y el grado de empatía y sensibilidad del
intérprete aumenta.
En este contexto, la imparcialidad es uno de los principios
deontológicos que destacan y que requieren, además, mayor flexibilidad.
Precisamente por la asimetría arriba mencionada, el intérprete debe
posicionarse muchas veces hacia el solicitante de asilo y adoptar un mayor
papel de mediación para salvar los obstáculos culturales. En contrapartida,
no debe olvidar la lealtad que le debe a la otra parte. De hecho, Kalina
(2015) destaca que muchos responsables que tramitan las solicitudes de
asilo desconfían del intérprete por si está demasiado sesgado. Además, el
propio solicitante de asilo puede ver en el intérprete, especialmente si es de
su misma nacionalidad, a alguien de su parte y requerir de él algo más
(zaro, 2008) . Este riesgo es mayor en el caso de intérpretes ad hoc que
pueden ir más allá de su función y favorecer claramente a una de las partes,
extralimitando completamente los principios éticos profesionales.
A menudo, el lenguaje verbal y no verbal requieren explicación
cultural. Tocamos aq el papel del intérprete abordado por Niska (2002)
que oscila entre conduit, clarifier, culture broker y advocate
3
(de menor a
mayor intervención, de mayor a menor invisibilidad). Hale (2010) sala
que, por ejemplo, en una situación judicial se suele esperar más neutralidad
del intérprete, mientras que, como indica Kalina (2015), en una consulta
médica, en un colegio o con servicios sociales, contextos en los que ambas
partes comparten un mismo objetivo, se espera toda la intervencn
necesaria para que ambas partes comprendan tanto lo lingüístico como lo
cultural. Puede ser necesario explicar cómo funcionan las instituciones
públicas o los sistemas administrativos, educativos, sanitarios, sociales del
ps de acogida, ya que el trabajador puede no caer en esa necesidad de la
parte extranjera. O bien tener en cuenta otros aspectos más emocionales
como el honor, el respeto, la pertenencia al grupo, la religión(Lázaro,
2008).
3
Según Niska (2002), la función del conduit consiste en una interpretación lo más fiel y precisa
posible, sin omisiones, explicaciones, correcciones, revisiones ni ninguna otra intervención. La
función del clarifier consiste en aclarar términos técnicos o intervenir en caso de malentendidos
para aclarar la situación. La función de culture broker implica ayuda con posibles lagunas en
los conocimientos culturales y con sobreentendidos que no se han verbalizado explícitamente.
La función de advocate implica una interpretación en la que se defiende, asesora y apoya
explícitamente a una de las partes.
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3.1.1. Protocolos de actuacn para intérpretes en contexto de asilo y
refugio
El intérprete podrá valorar todos los aspectos que atañen a la ética
profesional en un contexto tan sensible solamente si cuenta con una buena
formación y si sabe dejar claro en todo momento q forma parte de lo que
se ha dicho y qué es comentario propio aclaratorio; sin omitir información ni,
al contrario, añadir más de la necesaria.
La situación ideal sería intervenir con una persona formada en
interpretación, con unas competencias desarrolladas en todo lo relacionado
con las técnicas propias de la disciplina, que contara también con una
especializacn en interpretacn en los Servicios Públicos (en Espa
existe, por ejemplo, el Máster Universitario en Comunicación Intercultural,
Interpretación y Traducción en los Servicios Públicos de la Universidad de
Alcalá, donde se abordan cuestiones de ética profesional), además de
sólida preparación en protección internacional.
No obstante, este perfil no siempre es el que se encuentra en las
situaciones de interpretacn en las entidades de acogida y no siempre
existe esta posibilidad para todas las lenguas o la urgencia de la situación
no permite la disponibilidad inmediata del profesional.
Para quienes no cuenten con ese perfil, existen algunos manuales y
recomendaciones destinados a trabajadores implicados en estos procesos y
a los propios intérpretes, que dedican algún catulo a la deontología. Por
ejemplo, el Juzgado de Apelaciones de Refugiados y el Juzgado de
Apelaciones de Inmigración de Australia ha publicado un manual para
facilitar el proceso (Hale, 2010). ACNUR también tiene manuales que
detallan en profundidad la preparación del intérprete e indican cómo debe
desarrollarse la entrevista: en Metodologías y técnicas para entrevistar a
solicitantes de la condición de refugiado (UNHCR, 1995) se resaltan
aspectos para tener en cuenta como confidencialidad, neutralidad y
objetividad. Se insiste en la importancia de no resumir la informacn
aportada, de prestar especial atencn a las relaciones de parentesco u
otros lazos que puedan existir entre el intérprete y las partes. Se realizan
también recomendaciones sobre la posición física del intérprete durante la
entrevista de asilo para permitir que entrevistador y solicitante se
comuniquen de frente, evitando así que se dirijan al intérprete a la hora de
hablar y facilitando la sensación de privacidad. Se aconseja que los
intérpretes mantengan una pequeña charla sencilla al principio de la
entrevista para verificar que se comprende el idioma. Además, se
recomienda que los dos sean del mismo sexo para evitar situaciones
incómodas para el solicitante. Handbook for Interpreters in Asylum
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Procedures es otro manual más reciente de ACNUR (UNHCR, 2017)
dirigido a intérpretes que intervienen en situaciones de asilo, a formadores,
así como a autoridades y entidades, con el fin de subrayar la importancia de
contar con intérpretes profesionales y formados en el área concreta de
entrevistas de asilo. Está estructurado en 12 bloques temáticos divididos en
secciones como: objetivos de aprendizaje, teoría, información específica del
ps, bibliografía y recursos de interés, actividades y ejercicios de pctica y
una autoevaluación de los contenidos adquiridos. Concretamente, el bloque
mero 5 está dedicado a ética profesional y conducta profesional. Dialogue
Interpreting: A guide to interpreting in public services and the community
(Tipton, 2016) es una ga que, aunque orientada a la Interpretación en los
Servicios Públicos en general, cuenta con un capítulo (nº3) dedicado a
interpretación judicial en procesos de asilo, tanto con adultos como con
menores no acompañados. Aporta ejemplos procedentes de varios países,
un estudio de caso y propone igualmente ejercicios pcticos.
A partir de estos ejemplos y gas, sería interesante que cada entidad
de acogida elaborara protocolos de interacción con intérpretes adaptados a
sus propias necesidades y objetivos.
4. ESTUDIO DE CASO: ASPECTOS DEONTOLÓGICOS DE LOS SERVICIOS DE
INTERPRETACIÓN EN ENTIDADES DE ACOGIDA EN ANDALUCÍA
Presentamos a continuación los resultados de un estudio llevado a
cabo con el objetivo de describir cómo se está aplicando el derecho a
interpretación en la acogida de solicitantes de protección internacional en
Sevilla, capital de la regn de mayor entrada de inmigrantes por mar a
Europa.
4.1. Metodología
El estudio se inicia con el proyecto La traducción y revisión de
documentación del Centro de Acogida de Refugiados de Sevilla:
investigación y formación en Traducción y compromiso social , financiado
por el Plan de Fortalecimiento para la I+D+i por la Consejería de Economía
y Conocimiento de la Junta de Andalucía, que culminó a finales de 2018 con
la celebración del I Congreso Internacional en Comunicación Interlingüística
e Intercultural en Contextos de Asilo y Refugio (CIICAR). Esta nea tiene
continuidad actualmente con el siguiente proyecto: Necesidades de
traducción e interpretación en las entidades de acogida a refugiados en
Andalucía: investigación y compromiso social, financiado por el V Plan
Propio de Investigación y Transferencia 2018-2020 de la Universidad Pablo
de Olavide.
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Realizamos entrevistas preliminares con el Centro de Acogida de
Refugiados (CAR) de Sevilla y ampliamos el estudio a otras cinco de las
principales entidades que reciben solicitantes de asilo y refugio en Sevilla:
Cruz Roja, Federación Andalucía Acoge, Accem, Fundación Cepaim y
Fundación SAMU (centrada en la acogida de MENA
4
). Todas son
fundaciones y ONG que cuentan, dentro del programa, con partidas
presupuestarias específicas para TeI. Para proteger su anonimato,
procedemos a denominarlas como: A, B, C, D y E, sin que corresponda con
el orden de mención anterior.
En primer lugar, procedimos a la operativización del constructo, tras
recoger datos extraídos del análisis de documentos en la literatura existente
y de nuestros primeros resultados con el CAR. A continuación, diseñamos
una entrevista estructurada abierta. Al ser una técnica de investigacn
cualitativa, pretendemos describir un femeno teniendo en cuenta sus
características y mediante descripcn del objeto de estudio, la cual se
plasma en un tratamiento no estandarizado de los datos recogidos
(Corbetta, 2003, págs. 66-67). Aunque la obtención de datos generalizables
es más difícil que en el caso de la investigación cuantitativa (Corbetta, 2003,
págs. 391-392), sirve de apoyo para la construcción de hipótesis y teorías.
La entrevista cuenta con un total de 17 preguntas relacionadas con la
interpretación, 17 sobre traducción, 4 sobre formación en interacción con
traductores e intérpretes y 1 final sobre aspectos de mejora. En el presente
artículo nos centraremos únicamente en lo que concierne a la interpretación,
y más concretamente a los aspectos deontológicos.
En total, se entrevistaron 9 personas: responsable de formacn,
psicóloga, director de centro, abogada y responsable del servicio de TeI,
coordinadora de centro, dos responsables del programa de proteccn
internacional, trabajadora social y responsable del área jurídica.
Las entrevistas fueron grabadas con el permiso correspondiente, con
una duracn aproximada de 1 hora para cada entidad. A continuación, se
procedió a la transcripción de todas ellas y a su anonimización.
Por tanto, los resultados obtenidos proceden de una triangulacn de
datos (Denzin, 1970), puesto que obtenemos datos de fuentes y momentos
distintos: documentos de investigacn existentes sobre la cuestn,
entrevista preliminar y preparatoria en el CAR en 2018 y entrevistas al resto
de entidades en 2019.
4
Menores Extranjeros No Acompañados
240 Aspectos deontogicos de los servicios de interpretacn […]
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Cabe destacar que estas entrevistas se realizaron antes de la
pandemia Covid-19, por lo que ciertos resultados vinculados, por ejemplo, a
las modalidades presencial o remota han podido verse pidamente
afectados y modificados.
4.2. Análisis de datos
Analizamos a continuacn los resultados obtenidos de estas
entrevistas, comenzando por los más generales y deteniéndonos
posteriormente en los más vinculados a la deontología en interpretación en
centros de acogida a solicitantes de protección internacional y personas
refugiadas, con extractos literales de sus respuestas a título ilustrativo.
4.2.1. Resultados generales
Antes de centrarnos en las cuestiones puramente deontogicas,
resumiremos los resultados obtenidos sobre aspectos generales de los
servicios de interpretación en estas entidades de acogida puesto que la
ética profesional del intérprete realmente afecta a todos los aspectos del
servicio prestado.
Situaciones de interpretacn: el contexto que destaca en
todas las entidades en cuanto a necesidad de recurrir a
servicios de interpretación es la entrevista de primera acogida
en el centro: entrevista de ingreso en el sistema, explicacn
de compromisos adquiridos, servicios jurídico, psicológico y
social de las entidades... También, la preparación de la
entrevista de asilo y todas las entrevistas con abogados.
Además, se solicita interpretacn para las entrevistas de
seguimiento o de prroga de estancia, ya que, aunque los
beneficiarios acuden a clases de español, su nivel suele ser
n básico. Fuera del centro, destacan los acompañamientos
cotidianos: padn, centro sanitario, escolarizacn de
menores... La entidad D también recurre a este servicio para
talleres de contextualizacn (gastronoa, cultura…) o de
salud (tarjeta sanitaria, cuidado de menores…).
Modalidades: la Entidad E es la única que recurre
habitualmente a la interpretación telefónica. Todas las demás
trabajan con intérpretes de manera presencial y rechazan la
remota. Solo la solicitan cuando no tienen otra alternativa por
idiomas muy difíciles de encontrar. La entidad D la ha
eliminado por completo. Aluden a su carácter demasiado frío
e impersonal para temas tan íntimos y delicados, donde la
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eliminación del lenguaje no verbal resta un elemento crucial
para ellos y resulta en pérdida de calidad.
Idiomas: en todas las entidades destacan el árabe (en todas
sus variedades dialectales) como una de las lenguas más
solicitadas, ucraniano y ruso (muchas veces usado para
ucranianos). También inglés y francés, pero para estos
idiomas suelen recurrir al propio personal de la entidad. En
menor medida: bambara, urdu, tigriña, georgiano o armenio.
Todas suelen solicitar la lengua materna del beneficiario
(aunque resulte complejo encontrarla) frente al uso de
lenguas vehiculares (una lengua que comprenden ambas
partes, sin ser la materna de ninguna de ellas), las cuales se
usan a veces para situaciones de emergencia o cuando hay
dialectos muy minoritarios; excepto la Entidad C, que solo
tiene intérpretes para francés y árabe y las usa como lenguas
vehiculares. La lengua materna de los intérpretes que acuden
suele ser siempre la extranjera.
Solicitud del encargo de interpretación: todas las entidades
(excepto la C, que tiene intérpretes en plantilla) suelen
precisar, en el momento de la solicitud, no solo la lengua sino
el dialecto requerido o, incluso la nacionalidad. Para
situaciones más sensibles (médico o psicólogo), incluso el
género. Buscan que la persona beneficiaria esté lo más
cómoda posible para comunicarse puesto que debe transmitir
información muy personal.
Información previa: no suelen informar previamente al
intérprete de la situación en la que va a trabajar. Como
mucho, un momento antes de la entrevista explican datos
básicos. La Entidad B realiza una entrevista inicial donde se
explica al intérprete informacn general del Ministerio del
Interior sobre protección internacional, vocabulario básico o
temas habituales, pero después no informan caso por caso.
La Entidad D no ofrece datos específicos por cuestiones de
confidencialidad y porque consideran que esa información no
compete al intérprete. En la Entidad E, al trabajar por vía
telefónica, solo informan de la situacn al inicio de la
llamada, ya que, al cobrar por llamada, consideran que hay
que agilizar. Cuando trabajan con voluntarios, sí les
proporcionan algo más de información. En ninguna entidad se
ha dado el caso de que los intérpretes solicitaran esta
información previa.
242 Aspectos deontogicos de los servicios de interpretacn […]
Hikma 20 (2) (2021), 229 - 253
Perfil del intérprete: la Entidad C es la única que cuenta con
intérpretes en plantilla. Al formar parte del personal, pasan a
tener un rol muy peculiar, ya que hacen de mediadores,
intervienen directamente cuando detectan algún conflicto,
cuentan a sus responsables conversaciones que han podido
oír en el centro o los propios beneficiarios se dirigen a ellos
para algunas cuestiones. También recurren a ellos para
traducciones de documentos internos. Todas las demás
entidades contratan a intérpretes a través de empresas
externas para las situaciones más formales. Para las de
acompamiento en situaciones más cotidianas suelen
recurrir a los propios trabajadores que hablan esos idiomas.
La Entidad B tiene un servicio de TeI centralizado en Madrid y
la Entidad D tiene también una bolsa de intérpretes. Prefieren
evitar a toda costa intérpretes ad hoc (familiares, amigos u
otros refugiados), salvo situaciones de emergencia o de
dialectos muy minoritarios y recurren muy puntualmente a
voluntarios; salvo la Entidad D que tiene voluntarios que
suelen ser estudiantes universitarios (no necesariamente de
TeI) que hablan idiomas. En general, desconocen la
formacn y la experiencia previa de los intérpretes que
contratan. Confían en la empresa que los envía y no lo
comprueban ni exigen. La Entidad B sí dice buscar gente
«formad pero, al especificar q entienden por
«formación», indican que «la traductora de francés [] es
una persona que tiene dos carreras, periodista y filólog. La
formacn requerida para los intérpretes en plantilla de la
Entidad C debe ser en mediacn, integracn social,
magisterio o educación social, pero no se menciona nada de
TeI.
Formacn sobre interacción con intérpretes: en ninguna
entidad han tenido nunca formación en la interaccn con
intérpretes. Todos han ido trabajando con intérpretes de
manera intuitiva o con formacn autodidacta, leyendo
manuales o a través de la experiencia. Tampoco tienen
protocolos internos concretos sobre cómo actuar, hablar,
posicionarse, dirigirse a los participantes. Tampoco la
empresa de interpretación telefónica ha impartido taller de
formación a la Entidad E. No obstante, todos, excepto en la
entidad B (por sus años de experiencia consideran que
funcionan correctamente), verían muy pertinente recibir este
tipo de formación. Todos coinciden en que, idealmente,
Estela Martín Ruel 243
Hikma 20 (2) (2021), 229 - 253
debería ser una formación corta e intensiva, para no paralizar
a sus trabajadores, y eminentemente práctica.
4.2.2. Resultados sobre aspectos deontológicos
Si bien todos los resultados anteriores están vinculados a aspectos
de ética profesional del intérprete que interactúa con solicitantes de
protección internacional en entidades de acogida, abordaremos aquí las
cuestiones que, desde las respuestas obtenidas en las entrevistas, se
orientan de manera más concreta a problemas deontológicos encontrados
en su día a día.
4.2.2.1. Imparcialidad y neutralidad
El hecho de que el propio personal de las entidades haga de
intérpretes en algunas situaciones, como hemos visto en los resultados
generales (punto 4.2.1.) en perfil del intérprete, puede afectar a la
imparcialidad y neutralidad. En estos casos, el intérprete está
inevitablemente sesgado porque pertenece a una de las partes . Ades,
observamos enseguida la particularidad propia de este contexto de que el
intérprete no puede tener un papel totalmente invisible ni imparcial o conduit
(ver Niska, 2002, en apartado 3.1.). Se espera de él una intervención mayor
que en otros contextos, especialmente para aclaraciones culturales.
Entidad A: «Si te lo tradujera objetivamente tú no lo ibas a
entender porque en España no se hace así». «O te
explican: mira, en Ucrania ese concepto pcticamente no
existe, así que [] explícale mejor otra cosa antes, p orque
si no, no lo va a entender».
No obstante, la implicación del intérprete es a veces más demandada
que en otras:
Entidad D (mayor imparcialidad): «el intérprete se dedica a
interpretar, pero sin entrar a juicio de lo que nosotras le
debemos preguntar a la familia. Ellos siempre se deben de
[…] no dar opiniones […] Lo consideramos falta de
respeto».
Entidad B (papel puramente conduit): «Mantener una
neutralidad. A veces eso lo podemos valorar más incluso
que el que tenga un idioma perfecto»; «es muy peligroso.
Porque es necesario que tenga una cierta empatía, porque
las personas vienen en una situación en la que necesitan un
apoyo, pero el apoyo nunca puede llegar a pasar a ser una
mediación».
244 Aspectos deontogicos de los servicios de interpretacn […]
Hikma 20 (2) (2021), 229 - 253
Entidad C (papel más advocate, pasando a participar en la
conversación): «Si tú le dices a un niño: ¡rame a los ojos
que te estoy hablando! Pero es que en su cultura agachar la
cabeza es signo de respeto. Esos pequeños detalles, que el
intérprete sea árabe te facilita mucho»; «el intérprete es una
figura muy de mediación».
Incluso, se mencionan situaciones donde el intérprete extralimita sus
funciones: beneficiarios que directamente les consultan cuestiones a los
intérpretes; intérpretes que intervienen y se ponen de parte del beneficiario
intentando convencer a los trabajadores sociales de que les den ayudas, o
intérpretes y beneficiarios que han concertado una cita entre sí para otra
ocasión independiente de la intervención. O casos extremos en los que los
intérpretes pedían dinero a cambio de inventar una historia que asegurara al
solicitante la protección internacional.
Entidad C (refiriéndose a un conflicto entre dos
beneficiarios): «El intérprete lo oye y actúa antes que tú.
Interviene porque él entiende y tú no sabes q está
pasando»; «A veces el intérprete sirve un poco como la
figura de espionaje. Se entera de cosas que nosotros no
nos vamos a enterar nunca y nos lo cuenta».
4.2.2.2. Fidelidad
Llama la atención que en ninguna entidad (salvo la D, donde han
visto alguna vez anotar algo en una agenda), han observado al intérprete
anotar en libreta, algo que todo intérprete profesional aprende en su
formación para hacer consecutiva o anotar datos nimos. A pesar de que
suelen ser intervenciones de frases cortas, entendemos que esto pone en
riesgo la fidelidad e integridad de los detalles del mensaje, sico para un
relato del que depende la concesión del estatus de refugiado.
Entidad D: «La sensación de: ¿está diciendo lo que yo estoy
diciendo? […] Todos hemos vivido eso de una persona
hablando 15 minutos y en 2, se soluciona todo», «cuando
se traducía al español yo decía: pero si se ha dejado la
mitad. Esa sensacn de que se pierda informacn y tú
digas: vale, ¿qué información se ha perdido? Porque que
una persona haya pasado por un ps o no es una
información muy importante. […] No es el papel de la
persona que está haciendo la interpretación valorar o no lo
que es importante».
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Entidad E: «he visto broncas en la policía al intérprete.
¿Cómo que dice que sí? Pero si lleva dos horas hablando,
¡te hab contado algo más!».
Entidad C: «Si yo estoy hablando fuerte y estoy enfadada,
tú tienes que transmitir que yo estoy enfadada. Porque si
no, su mensaje no va a llegar igual que el o».
La entidad B, curiosamente, prefería que no se usen libretas por
miedo a romper la confidencialidad. Pero si el intérprete es profesional, su
deontoloa debería ser garantía de que no se va a divulgar nada.
Se tratan de evitar conversaciones paralelas, en las que no se
informa a la otra parte de lo que está sucediendo:
Entidad E: «le preguntas ¿cómo ha llegado a España? Y
ves que empiezan una conversación tipo “¿y tú de dónde
eres? ¿y tú cuánto tiempo llevas aq?...”, [] Si veo eso:
cntame q está pasando».
Entidad C: «A lo mejor yo estoy en la conversación y al final
la conversación es entre ellos dos. Y yo: porfa, tradúceme
q te ha dicho. Y eso es porque al final el intérprete pasa a
ser también un educador. Porque él ya sabe […] lo que
tiene que decir».
Entidad A: «mete preguntas de su propia cosecha», «como
[la intérprete] pensaba que sabía la respuesta, pues
directamente dijo lo que pensaba. Pero igual está diciendo
lo que no debe».
4.2.2.3. Confidencialidad
Lo anterior enlaza con la confianza en el intérprete, la
confidencialidad que debe mantener y la empatía particular que debe
desarrollar, en su justa medida y sin extralimitarse, para crear una
atmósfera que facilite la comunicación, tan necesaria en este contexto.
Entidad D: «aunque parezca una tontería, el feeling que se
cree en ese momento es tan sumamente importante para
que ellos nos transmitan información o no Hemos visto
situaciones en las que directamente han visto al intérprete y
se han ido. […] Lo podemos ver incluso como paranoico,
pero no, es que el miedo está ahí», «esa información que yo
estoy contando. Por mucho que yo firme un papel [cláusula
de confidencialidad], ellos tienen miedo de que esa
información pueda pasar a algún lado», «yo le pido al
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Hikma 20 (2) (2021), 229 - 253
intérprete que, aunque se dedique a interpretar, no es hielo
lo que tiene al lado».
Entidad E: «lo primero que nos preguntan los solicitantes de
asilo chinos es si la intérprete trabajaba para el gobierno
chino», «El usuario nos pregunta: ¿quién va a venir a
interpretar? Y tú le dices: la misma persona que vino el otro
día. ¡Ah! ¿no hay otra? [] o: yo con esa persona no quiero
hablar», «el técnico tiene también sus miedos ante el
intérprete. ¿Me estará interpretando bien?».
4.2.2.4. Empatía
También se relatan muchas situaciones de dificultad en la gestn de
la tensn emocional consecuente de los duros relatos de los refugiados:
Entidad A: «algún intérprete se bloquea o empatiza
demasiado».
Entidad B: «sobre todo si son del mismo país del origen,
pueden asimilarlo a experiencias pro pias y entonces []
empiezan a llorar como la otra persona, o a angustiarse».
Entidad E: «hasta el punto de decir: espera un momentito,
es que está siendo muy fuerte lo que está contando».
Entidad D: «el que tú no seas capaz de aguantar esa
entrevista, a me hace pensar que a ti no te han
preparado para eso. Hay cuestiones que se nota que [] en
los cursos que has hecho a ti te han ido preparando para
eso».
4.2.2.5. Profesionalidad
Por último, recogemos diversas cuestiones de deontología
relacionadas con la profesionalidad del intérprete en general, como el
conocer las propias limitaciones o rechazar ciertos encargos si no está
capacitado:
Entidad E: «A veces el intérprete es el que nos dice: para
esta persona no me llaméis».
Entidad D: «ver que la persona no puede sobrellevar eso,
pues creo que es más legítimo decir: yo no soy el intérprete
adecuado para esto».
O errores básicos como no acudir correctamente preparado:
Entidad A: «hemos tenido una experiencia con una
intérprete que la primera vez que venía decía: ¿esto del
asilo qes?».
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O no tener en cuenta el origen o sexo del intérprete:
Entidad B: «tuvimos el caso de un turco, que el intérprete
era kurdo. Y entonces no pudo ser».
Entidad E: «También pasa, a lo mejor es sensacn a,
que el intérprete marroq a la persona de África
subsahariana la trata diferente que a los marroquís».
Entidad C: «Intérpretes que saludan a mujeres árabes con
la mano, sin saber que culturalmente está mal visto».
CONCLUSIONES
Una vez adentrados en el contexto del Derecho de asilo y refugio,
tras distinguir términos como solicitante de protección internacional y
refugiado, destacar las particularidades de las solicitudes de proteccn
internacional en España y Andalucía, y comentar el acceso a los servicios
de interpretación en el sistema de acogida español, nos hemos centrado en
la deontoloa propia de la Interpretación en contexto de asilo y refugio, que
requiere cierta flexibilidad, dadas las particularidades de las situaciones. A
continuacn, hemos descrito la realidad de estos servicios en las
principales entidades de acogida en Andalucía, a través de los resultados
de unas entrevistas realizadas en las principales entidades de acogida en
Sevilla, destacando especialmente aquellos relacionados con la deontología
propia al ejercicio de esta profesión en este contexto. Los resultados de
nuestro estudio son descriptivos y no generalizables por ser una
investigación cualitativa, pero pueden ofrecer una panomica bastante
amplia de la situacn en la mayor regn de acogida de solicitantes de
proteccn internacional de Espa y una de las mayores de la UE. Por
tanto, sacamos una serie de conclusiones para tratar de caracterizar el
fenómeno.
Las cifras mostradas resaltan la creciente necesidad de interpretación
en el sector del refugio y la protección internacional. Para ello, es necesario
que la sociedad y las entidades se conciencien de que deben recurrir a
profesionales (objetivo n no siempre alcanzado), y que la formacn de
los futuros profesionales en este ámbito particular de la Interpretación en los
Servicios Públicos incluya cuestiones de deontología. La realidad de la
pctica profesional en este sentido, que detectamos además de por la
literatura existente, por nuestra propia experiencia de entrevistas a
entidades de acogida de refugiados en la provincia de Sevilla, capital de
Andalucía, uno de los principales puntos de entrada de solicitantes de
Europa, nos muestra que en numerosas ocasiones no es tan ética. Además,
la deontoloa no siempre puede ser una lista de criterios para seguir, ya
que los mites pueden difuminarse según la situación que se produzca. En
248 Aspectos deontogicos de los servicios de interpretacn […]
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los casos reales, los principios sicos de ética profesional sobre los que
suele haber consenso (neutralidad, imparcialidad, fidelidad, confianza en el
intérprete, confidencialidad, empatía, gestión de la tensión emocional, el
conocer los propios mites, la correcta preparacn previa, el tener en
cuenta el sexo y origen étnico de intérprete y solicitante, etc.) pueden
volverse ambiguos y es necesario que el profesional cuente con las
herramientas necesarias para poder hacer frente a esta realidad con la
mayor ética profesional que sea capaz de desplegar.
Hemos recorrido de manera más somera los resultados generales
obtenidos de las entrevistas, sobre los que se asientan los aspectos
deontológicos, entre los que destacamos las siguientes conclusiones:
Las situaciones en las que las entidades requieren servicios de
interpretación parecen dividirse entre, por un lado, intervenciones
más formales (entrevista de acogida, servicios psicogicos,
sociales o jurídicos), donde se suele requerir un intérprete
remunerado y externo y, por otro lado, las intervenciones más
cotidianas (acompañamientos médicos, escolares o
administrativos) donde suelen hacer de intérpretes los propios
trabajadores de las entidades que saben idiomas.
La casi totalidad de entidades rechaza la interpretación remota,
aludiendo a pérdida de información no verbal, que, si siempre es
importante, adquiere aún más relevancia en situaciones delicadas
en contexto de asilo, además de influir en el clima de confianza y
empatía que buscan crear para que el beneficiario se exprese.
Las lenguas más demandadas son el árabe (con variedad de
dialectos) y ucraniano (también ruso, pero observamos que suele
pedirse para solicitantes ucranianos, por la semejanza entre las
lenguas y por mayor disponibilidad de intérpretes). Francés e
inglés también suelen solicitarse, pero en menor medida, no por
falta de necesidad de estas lenguas, sino porque las suelen cubrir
los propios trabajadores de las entidades, sustentando la creencia
de que por saber la lengua se interpreta correctamente.
A la hora de solicitar un servicio de interpretación, es positivo
observar que las entidades suelen indicar no solo el idioma sino
el dialecto requerido, e incluso la nacionalidad, anticipando
posibles conflictos o recelos que pudieran darse entre
beneficiarios e intérpretes con misma lengua, pero nacionalidades
tales como marroquí y saharaui, turca y armenia o ucraniana y
rusa.
Lo mismo ocurre durante la solicitud del servicio con respecto al
género y sexo del intérprete. Por ejemplo, si se trata de una cita
Estela Martín Ruel 249
Hikma 20 (2) (2021), 229 - 253
ginecológica, un tema de trata de mujeres o de violencia de
género, si se solicita una mujer para ciertas culturas, redunda en
mayor comodidad y facilidad para la expresión de la beneficiaria.
En cuanto al perfil de los intérpretes, las entidades recurren a
empresas externas o bolsas y servicios internos, donde no se
comprueba la formación en TeI ni la experiencia previa. Somos
conscientes de que para idiomas minoritarios sea complicado,
pero para árabe, francés o inglés sería viable contar con
profesionales formados. Es más, cuando se requiere formacn,
se alude a formacn universitaria general o, como mucho, en
mediación, servicios sociales o magisterio, pero no es requisito
que sea en TeI. Apenas recurren a voluntarios, y cuando se hace
es para situaciones informales y muy urgentes. Los intérpretes ad
hoc (familiares o amigos) suelen evitarse, lo cual denota
conciencia del problema de sesgo que genera.
Deteniéndonos en aspectos más específicos de deontología, nos
detenemos en las siguientes conclusiones:
Los intérpretes que intervienen no suelen usar anotaciones ni
glosarios, lo cual ya puede indicar que no están acostumbrados a
trabajar con técnicas de consecutiva ni de preparacn y
documentación, recursos propios de la interpretación profesional,
que ayudan a transmitir lo más fiel, precisa y completa posible la
información. Es más, alguna entidad prefiere que no se anote
nada por temor a que se difunda la información. Esto indica
también el desconocimiento de la deontología profesional del
intérprete, que incluye velar siempre por la confidencialidad.
Este desconocimiento enlaza con el hecho de que ni las
entidades suelen aportar información previa sobre el caso para
que el intérprete se prepare, ni tampoco los intérpretes la piden.
Es cierto que en este ámbito es difícil contar con tiempo de
antelacn para la preparacn, en comparación con la
interpretación de conferencias, pero es una fase de trabajo sica
para asegurar la calidad del proceso.
En cuanto al papel que las entidades parecen esperar del
intérprete, oscila mucho entre una mayor o menor visibilidad e
intervención (Niska, 2002): desde más conduit en la Entidad B,
exigiendo literalidad y neutralidad absoluta, hasta advocate en la
Entidad C, donde parecen extralimitarse las funciones del
intérprete (mediadores, informadores, educadores y traductores).
En un término medio, se suele desear cierta empatía, flexibilidad
y sensibilidad debido al ámbito en cuestión, saber adaptarse a las
250 Aspectos deontogicos de los servicios de interpretacn […]
Hikma 20 (2) (2021), 229 - 253
convenciones culturales, pero sin llegar a implicarse
emocionalmente o posicionarse para beneficiar al usuario ni
juzgar su situación.
Los principales problemas de deontología en interpretacn
resados por las entidades a la hora de interactuar con
intérpretes han sido los siguientes:
o Conversaciones paralelas (en una entidad no las permiten y
las cortan automáticamente), hasta el punto de detectar que
se ha mantenido el contacto entre beneficiario e intérprete
fuera de la entidad, facilitando mero de teléfono, etc.
o Imparcialidad, con intentos de beneficiar a la persona
solicitante.
o Exceso de empatía, falta de control de las propias emociones
ante contenido sensible, especialmente cuando comparten
misma nacionalidad.
o Tendencia a intervenir, a adir informacn propia, a
responder por alguna de las partes, a juzgar o a hacer
comentarios personales.
o Exceso de resumen, con sensacn de que se ha perdido
información.
o Problemas de confianza en el papel del intérprete: tanto por
parte de la entidad (porque el intérprete vaya a circular
información), como por parte de los beneficiarios (porque
temen que el intérprete revele datos a la policía).
Para evitar estas situaciones y la falta de preparación profesional, el
perfil ideal del intérprete sería una persona formada en interpretación, con
unas competencias desarrolladas en todo lo relacionado con las técnicas
propias de la disciplina, que contara también con una especialización en
interpretación en los Servicios Públicos, además de sólida preparación en
protección internacional. No obstante, este perfil no es fácil de encontrar y
no siempre existe para todas las lenguas. Además, la urgencia de ciertas
situaciones no permite la disponibilidad inmediata de un profesional.
Para suplir esta falta de preparacn o formacn previa, existen
manuales y recomendaciones con capítulos dedicados a la deontología
destinados a trabajadores implicados en estos procesos y a los propios
intérpretes que desean desempeñar su tarea con todas las garantías.
Basándose en estos ejemplos y gas, poda ser interesante que cada
entidad de acogida elaborara protocolos de interaccn con intérpretes
adaptados a sus propias necesidades y objetivos.
Frente a la falta de conciencia y de conocimiento de la profesn
observada a través de nuestros resultados, la buena noticia que trasluce en
Estela Martín Ruel 251
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nuestras entrevistas es que las entidades se muestran muy demandantes
de recibir formación específica y aprender cómo interactuar con intérpretes
profesionales. Están abiertas a mejorar los servicios para que se realicen
con la mejor calidad posible. Es decir, parece haber desconocimiento, pero
no falta de voluntad. Es s, parafraseando a Las Heras (2010, pág. 213),
apenas existen servicios de calidad en este sector y aquellos que consiguen
desarrollarse lo logran gracias al apoyo entre las distintas organizaciones
que luchan por los derechos de estos colectivos y gracias también al
esfuerzo y compromiso de quienes interpretan, frecuentemente «de forma
voluntaria o a cambio de una escasa remuneración».
Por último, destacamos la importancia de la continuidad de este
estudio y sus perspectivas de futuro. El proyecto de investigacn
Necesidades de traducción e interpretacn en las entidades de acogida a
refugiados en Andalucía: investigación y compromiso social pretende en su
etapa posterior ampliar sus resultados a todas las entidades posibles del
territorio andaluz. Los resultados actuales se han traspuesto al diseño de
una encuesta basada en las respuestas obtenidas en esta primera fase de
entrevistas más personales, la cual se enviará de manera telemática a las
entidades encargadas de la acogida de solicitantes de proteccn
internacional y personas refugiadas de toda la regn de Andalucía. Se
contempla igualmente la celebración futura del II Congreso Internacional en
Comunicación Interlingüística e Intercultural en Contextos de Asilo y Refugio
(CIICAR II) para la difusión de los resultados del conjunto de la investigación
y ponerlos en común con aquellos de otros investigadores del mismo ámbito
a escala internacional. Esperamos que estos trabajos ayuden a realizar una
mayor pedagogía social acerca de la labor de los traductores e intérpretes
profesionales y puedan sustentar también el diseño de cursos específicos
desde el mundo académico, como cursos de extensión universitaria, para la
formacn de intérpretes en este sector, lo cual poda suponer una vía
laboral posible para los propios refugiados que en numerosas ocasiones
ejercen de intérpretes sin la formación requerida, por los motivos expuestos
en el presente artículo. De este modo, se poda contribuir a la mejor
integración de las personas refugiadas en la sociedad andaluza, y también
mejorar la empleabilidad de los egresados en TeI, ofreciendo una salida
laboral acorde a la realidad social.
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