
Raquel Martínez Motos y Adelina Gómez González-Jover 5
Hikma 23(2) (2024), 1 - 34
en su aprendizaje (Ruiz, 2022), siendo conscientes de que «mirar» no es un
hecho neutro, sino un acto interpretativo» (Vázquez, 2012, p. 159), que
condiciona la recepción y producción discursiva, y da la posibilidad de nuevas
narrativas desde distintas posiciones (Zaragoza y Martínez-Carrasco, 2022).
La traducción –por su valor comunicativo y modelizador de la realidad,
la cultura y la sociedad (Hurtado, 2001)–, tiene que prestar especial atención
a la concienciación del alumnado con respecto a los problemas de género a
nivel lingüístico e ideológico (De Marco y Toto, 2019). Precisamente esta
relación entre traducción y género va a activar una serie de decisiones
conscientes o inconscientes en el discurso por parte de traductoras y
traductores (Basaure-Cabrero y Contreras-Torregrosa, 2019, p. 165);
decisiones que pueden convertirse «en una herramienta de activismo social»
(von Flotow, 2011, p. 4). Ni la traducción jurídica, ni el propio lenguaje del
derecho pueden ignorar los procesos de reivindicación para visibilizar a las
mujeres y eliminar cualquier forma de discriminación en el lenguaje. Tres
razones fundamentales justifican este compromiso traductor: a) la precisión,
para evitar toda ambigüedad por el uso del masculino genérico; b) el principio
de igualdad, porque ser dicha implica existir; y, c) el imperativo legal, porque
el uso del lenguaje inclusivo se ha convertido en un compromiso de
Gobiernos (Bengoechea, 2011, p. 15). Si bien:
[…] animar al alumnado a adoptar una perspectiva de género ante
la traducción jurídica resulta una tarea ardua, tanto por los escollos
de la propia traducción desde una perspectiva de género, como por
las dificultades didácticas y las resistencias ideológicas que implica.
(Brufau, 2008)
En este punto donde confluye la traducción, el derecho y los estudios
de género surgen dos proyectos de innovación docente en la Universidad de
Alicante1, implementados durante los cursos 2019-2020 y 2020-2021 dentro
del Grado en Traducción e Interpretación (inglés/francés/alemán). El
escenario en el que se inscribe nuestra acción educativa nace del andamiaje
teórico que nos ofrecen otros trabajos que abordan cómo el lenguaje influye
en la configuración y aplicación del derecho (Mossman 1995; Cotteril 2003;
Williams 2008; Martín y Ocejo, 2017); la importancia del lenguaje no sexista
en la creación de discursos igualitarios (Bengoechea, 2000, 2005, 2009,
2011, 2015; Santaemilia 2005, 2008, 2013; Kurzon 1989); y la traducción
1 Proyectos Redes UA, Retos de la traducción jurídica con conciencia de género, (Gómez, A., I.
Carratalá, R. Martínez, D. Pérez, S. Sánchez, 2019); Implementación de la perspectiva de género
en la traducción jurídica: actividades, materiales y recursos en el aula universitaria (Gómez, A.,
I. Carratalá, M. López-Medel, R. Martínez, S. Sánchez, 2020).