e-ISSN: 2695-8465
ISSN: 2255-3703
99
Skopos 13 (2022), 99-115
La traducción de textos médico-jurídicos: el parte de
lesiones en maltrato infaltil
Sandra Gallego López
Universidad de Córdoba
l62galos@uco.es
Recibido: 23.06.2022
Revisado: 25/07/2022
Aceptado: 12/10/2022
Resumen: A lo largo de las últimas décadas, el número de normas y disposiciones
reglamentarias relacionadas con el ámbito biosanitario ha experimentado un
aumento verdaderamente significativo. En consecuencia, las autoridades
administrativas se han visto obligadas a crear géneros textuales más actuales que
respalden y consoliden estas nuevas actuaciones. Se trata de documentos que,
debido a su naturaleza, se ubican de forma simultánea en los campos legal y
sanitario y que se denominan «textos médico-jurídicos». Dichos textos presentan
ciertos rasgos formales y comunicativos que difieren en función del contexto cultural
y lingüístico y que, por ende, repercuten en el proceso de traducción. Es lo que
conocemos como «convenciones textuales». En el presente trabajo situaremos el
punto de mira en los menores de edad para analizar uno de los géneros médico-
jurídicos más desconocidos en el mundo de la traducción: el parte de lesiones en
maltrato infantil. De este modo, estudiaremos las convenciones textuales que lo
configuran en la combinación lingüística alemán-inglés-español, con el objetivo de
identificar y resolver posibles problemas de traducción.
Palabras clave: textos médico-jurídicos; género híbrido; convención textual; parte
de lesiones en maltrato infantil.
Translation of medical-legal texts: the suspected Child Abuse
Report
Abstract: Over the last decades, the number of regulations and statutory provisions
related to the medical area has experienced a fairly significant increase. As a
consequence, the administrative authorities have been forced to create more actual
text genres that support and consolidate these new proceedings. They are
documents that, due to their nature, belong to both legal and medical fields and that
are named «medical-legal texts». These texts present certain formal and
communicative features that differ on the basis of the linguistic and cultural contexts
and that, hence, have an impact on the translation process. They are known as «text
conventions». In this publication, we will bring the spotlight into minors to analyze
one of the most unknown medical-legal genres in translation: the Suspected Child
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Abuse Report. We will study the different text conventions composing it in the
linguistic combination German-English-Spanish, with the aim of identifying and
resolving possible translation problems.
Keywords: medical-legal texts, hybrid genre, text convention, Suspected Child
Abuse Report.
Sumario: Introducción. 1. La hibridez textual. 1.1. La hibridez textual como fruto de un
proceso comunicativo entre culturas. 1.2. La hibridez textual como interferencia. 1.3. La
hibridez como parte de una identidad cultural. 1.4. Deshibridación. 2. Los textos médico-
jurídicos. 2.1. Textos médico-jurídicos y textos médico-legales. 2.2. Definición de texto
médico-jurídico. 2.3. Clasificación de los textos médico-jurídicos. 3. El parte de lesiones en
maltrato infantil. 4. Análisis terminológico contrastivo alemán-inglés-español de parte de
lesiones en maltrato infantil. 4.1. Estructura. 4.2. Terminología y convenciones textuales
(DE/EN/ES). Conclusiones.
Introducción
Con el paso de los años, la relación médico-paciente ha ido alterando
sus parámetros en virtud del contexto histórico-cultural que la envuelve. Si
bien gran parte de su trayectoria ha estado marcada por un carácter
paternalista en el que la autoridad del médico primaba sobre los derechos
del enfermo, el inicio del Renacimiento dio lugar a la implantación de una
serie de valores como la igualdad que permitieron al último disfrutar de una
mayor independencia en la toma de decisiones del acto médico. De este
modo, el patrón tradicional quedó relegado a un segundo plano y,
gradualmente, comenzó a fomentarse una relación médico-paciente más
inclusiva y equilibrada. Gracias a ello, el enfermo fue participando de forma
cada vez más activa en todos aquellos aspectos relacionados con su salud
y bienestar. Es lo que Kaba y Sooriakumaran (2007) denominan «modelo de
participación mutua».
A partir del siglo XX, esta postura se afianzó también a nivel jurídico.
Los órganos gubernamentales empezaron a establecer un número de
disposiciones que obligaran al personal sanitario a proporcionar al paciente
cualquier tipo de información que pudiera resultarle pertinente y, por tanto,
incitarle a actuar de la forma más adecuada de acuerdo con su situación.
Prueba de ello es la conocida «Ley reguladora de la autonomía del paciente
y los derechos y obligaciones en materia de información y documentación
clínica» (Ley 41/2002, del 14 de noviembre, BOE 15 noviembre 2002), cuyo
propósito es garantizar la comunicación y la libertad del paciente dentro del
ámbito médico. Con el fin de asegurar el cumplimiento de estas reglas, las
entidades administrativas crearon una nueva clase de documentos. Son los
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denominados «textos médico-jurídicos». Se trata de géneros híbridos fruto
de la confluencia de dos ramas de conocimiento. Por un lado, están
vinculados al ámbito del Derecho, ya que su contenido posee validez legal.
Por otra parte, se adscriben a la Medicina, pues recogen conceptos
tocantes al entorno sanitario.
Los textos médico-jurídicos, al igual que el resto de géneros
textuales, responden a las «convenciones de género». Esto es,
características distintivas del propio género que, además de definirlo,
permiten identificarlo (Göpferich, 1995: 184). Dichos fenómenos varían
dependiendo de la época, de la cultura y, sobre todo, de la lengua. Así, la
actividad translativa de estos documentos que, lejos de confinarse al
territorio español, son cada vez más frecuentes en el plano internacional, se
caracterizará por un elevado grado de complejidad tanto terminológica como
documental.
Es por ello por lo que a través del presente trabajo pretendemos
solventar las dudas que puedan surgir durante la etapa de traducción de
uno de los géneros dico-jurídicos que, hasta la fecha, ha pasado
desapercibido: el parte de lesiones en maltrato infantil. Para ello,
planteamos los siguientes objetivos específicos:
1. definir el concepto de texto médico-jurídico
2. revisar las características del parte de lesiones en maltrato infantil
3. realizar un análisis contrastivo del parte de lesiones en maltrato
infantil y sus convenciones textuales en la combinación lingüística
alemán-inglés-español.
1. La hibridez textual
La evolución que los campos del saber han experimentado en los
últimos años y el carácter interdisciplinar que van adquiriendo de forma
progresiva han dado lugar a la creación de documentos pertenecientes a
varias especialidades. Las líneas divisorias que anteriormente delimitaban
los diferentes ámbitos de la ciencia ya no son estancas, sino que, por el
contrario, se vuelven cada vez más difusas. Como consecuencia, la
conexión entre cada una de estas áreas es ahora más potente y la
presencia de textos híbridos en la sociedad actual es ya un hecho
irrefutable.
Los géneros híbridos han constituido una importante fuente de
controversia entre los estudiosos de la traducción, ya que no existe una
postura unánime acerca de su propia naturaleza. En cambio, el debate
teórico se articula en torno a cuatro perspectivas. Basándonos en la
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clasificación de textos híbridos de Cobos (2021: 71-75), podemos definirlas
en base a las siguientes cuestiones.
1.1 La hibridez textual como fruto de un proceso comunicativo entre culturas
Inicialmente, algunos expertos como Schäffner y Adab (1997: 327)
definieron el género híbrido como «a text that results from translation
process. It shows features that somehow seem out of place, strange and
unusual for the receiving culture, i.e. the target culture». Para ellas, la
hibridez textual se concentra en el producto de una traducción que, si bien
es aceptado en la cultura de destino por cumplir su propósito comunicativo,
mantiene determinados «vestigios» de la cultura origen. Esta propuesta
generó cierta polémica en torno al concepto y las autoras fueron objeto de
diversas críticas por parte de otros académicos. Por este motivo, Schäffner
y Adab decidieron completar su definición incluyendo todos aquellos textos
que, aunque no deriven de un proceso de traducción, forman parte de un
«espacio cultural» en el que interactúan distintas culturas: «hybrid texts, in
addition to being products of text production in a specific cultural space,
which is often in itself an intersection of different cultures, can also result
from a translation process» (Schäffner y Adab, 2001: 279).
En la misma línea, Tirkkonen-Condit (2001: 261) apoya la definición
anterior y afirma que los nuevos géneros y tipologías textuales (no solo
dentro del proceso de traducción, sino también dentro de una misma
lengua) proceden únicamente de un sistema de comunicación intercultural:
«while pidginization in the course of time may result in the emergence of
new languages, i.e. creoles, hybridization may result in the emergence of
new domestic text types and genres».
1.2 La hibridez textual como interferencia
Zauberga (2001: 266) defiende que la hibridez textual no habría de
considerarse una interferencia cultural o lingüística, sino una consecuencia
lógica de traspasar las barreras culturales. Asimismo, incide en que este
fenómeno consta de diferentes niveles o escalas. Para ello, parte de la
distinción entre overt translation y cover translation
1
establecida por House
(1997) y añade dos nuevos conceptos: hybrids y covert hybrids.
1
De acuerdo con House (1997), la traducción «overt» es aquella en la que el texto origen está
íntimamente ligado a su cultura y, por tanto, se percibe como tal. En cambio, la traducción «covert»
aspira a ser reconocida como un texto original en la cultura meta.
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Para Neubert (2001), la hibridez es un hecho incuestionable en el
producto de una traducción. Al tratarse de un texto «híbrido» que emana del
contacto entre dos lenguas independientes, revelará rasgos propios no solo
de su lengua vernácula (la lengua de destino), sino también de aquella en la
inicialmente fue creado (la lengua origen): «this this birthmark is responsible
for a hybrid character of any translation, past and present» (Neubert, 2001:
182). De este modo, el autor considera que la hibridez textual no es un
rasgo característico, sino implícito de la traducción.
1.3 La hibridez como parte de una identidad cultural
Simon y Snell-Hornby (2001) sostienen que la hibridez textual está
vinculada a ciertas identidades interculturales contemporáneas. Igualmente,
la segunda difiere del planteamiento de Schäffner y Adab (2001) y alega
que los textos híbridos no son el resultado de un proceso de traducción,
sino que, tomando como referencia la obra de Mehrez (1992: 121), los
define como «a text written by the ex-colonized in the language of ex-
colonizer, which has created a ‘new language’ and has come to occupy a
space ‘in between’» (Snell- Hornby, 2001: 208). Sin embargo, coincide
con Schäffner y Adab (2001) en que son el fruto de un proceso de
traducción, pero matiza que éste se deja inconcluso de manera voluntaria.
Así, se refiere a ellos como «those which use "translation effects" to
question the borders of identity» (Simon, 2001: 217).
También desde este punto de vista Nouss (2001: 228) delimita el
texto híbrido como «an offspring of mixed origin, resulting from the
encounter of different breeds or species» y, al igual que Simon y Snell-
Hornby, defiende la teoría de la identidad y declara que «the process of
hybridization consists in the blurring of the very notion of identity» (Nouss,
2001: 234).
1.4 Deshibridación
Finalmente, algunos detractores del concepto contemplan la
posibilidad de que la traducción sea, más bien, un elemento de
«deshibridación». Según Snell-Hornby (2001: 209-210), la hibridez
lingüística no es necesariamente transferible a otras lenguas y culturas.
Como justificación, alude a The Moor’s Last Sigh (1995), una obra de
Salman Rushdie en la que se conjugan distintos dialectos, jergas,
metáforas, alusiones, etc., pero que se pierden en la traducción al alemán.
Se trata de un proceso de «deshibridación». En realidad, la autora
considera que los textos híbridos existen por sí mismos con independencia
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de la traducción, pues apuntan que «these texts are produced in language in
between and occupy a space in between, which can actually be reduced by
the process of interlingual translation» (Snell-Hornby, 2001: pp. 215-216).
En esta dirección, Pym (2001) asegura que la traducción es un
fenómeno completamente opuesto a la noción de «hibridez» dado que
establece los límites entre las lenguas de trabajo. Por ende, el nivel de
pureza de ambas permanece intacto.
2. Los textos médico-jurídicos
Tal y como hemos podido observar a lo largo del apartado anterior, el
abanico de textos que puede englobar la definición de lo que en teoría
constituye un género híbrido es realmente amplio. No obstante, numerosos
especialistas han situado su foco de atención en un grupo específico: los
géneros médico-jurídicos. La terminología, la estructura y la legislación
vigente en las que se ve envuelta esta tipología textual, entre otros
aspectos, se han convertido en un objeto de estudio cada vez más habitual
dentro de la disciplina traductológica. En consecuencia, se han formulado
diversas hipótesis respecto a su origen y clasificación.
2.1 Textos médico-jurídicos y textos médico-legales
Las investigaciones realizadas acerca de esta clase de documentos
han dado lugar a cierta disparidad de opiniones en torno a múltiples puntos,
entre ellos su denominación. Algunos autores como Martínez (2009) y
Gallardo (2012) hablan de «textos médico-legales». Por el contrario, otros
como Gallego-Borghini (2015) y Pajares (2015) han optado por referirse a
ellos bajo la etiqueta de «textos médico-jurídicos». El resto, por su parte,
emplean dichos términos de forma indistinta.
Con el fin de establecer una distinción clara y exacta entre ambos
títulos resulta fundamental delimitar, en primer lugar, el concepto de
«Derecho». Para ello, recurrimos al Diccionario panhispánico del español
jurídico, que propone la siguiente definición:
conjunto de principios, normas, costumbres y concepciones
jurisprudenciales y de la comunidad jurídica, de los que derivan las
reglas de ordenación de la sociedad y de los poderes públicos, a
como los derechos de los individuos y sus relaciones con aquellos
(DPEJ, 2020).
Partiendo de esta idea, nos acogemos igualmente al DPEJ para
concretar el significado de los dos términos en los que radica la diferencia:
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«jurídico» y «legal». Por un lado, «jurídico» hace alusión a aquello «que
atañe al derecho» (DPEJ, 2020). Al mismo tiempo, se emplea el calificativo
«legal» para referirse a todo lo que se considera «adecuado o conforme a la
ley» (DEPJ, 2020). Entendemos entonces que dichos escritos responden a
ciertas instancias jurisdiccionales y, por lo tanto, poseen valor jurídico. Sin
embargo, su legalidad dependerá únicamente de si cumplen o no la ley.
Decidimos adoptar así la denominación de «textos médico-jurídicos», ya
que su sentido sí se aplica a todos los géneros textuales de esta categoría.
2.2 Definición de «texto médico-jurídico»
Al igual que en el caso anterior, se han planteado diferentes
alternativas para delimitar el concepto que nos ocupa. Casado (2008: 19),
por ejemplo, se centra en los participantes del acto comunicativo y se refiere
a los textos médico-legales como «todas aquellas actuaciones escritas que
utiliza el médico en sus relaciones profesionales con las autoridades, los
organismos, las instituciones o con cualquier persona». No obstante,
coincidimos con Pajares (2013: 186) en que resulta demasiado restrictivo
contemplar al médico como el único responsable de la emisión de dichos
géneros. En su lugar, resultaría más apropiado concretar el enunciado
anterior incluyendo a todo el personal sanitario.
Al respecto, Borja Albi (2012: 167) hace de uso de un enfoque más
general y concibe los textos médico-jurídicos como «aquellos en los que
aparecen combinados conceptos propios de la medicina y conceptos
legales […], o bien textos médicos que pueden surtir efectos legales». En
esta definición los interlocutores quedan relegados a un segundo plano a fin
de hacer hincapié en uno de los rasgos principales de dichos documentos:
la hibridez textual.
2.3 Clasificación de los textos médico-jurídicos
Lo cierto es que, si bien los textos médico-jurídicos han configurado el
núcleo de numerosos análisis, no existe aún un consenso general en torno
a su clasificación. En su lugar, los académicos han arrojado varias hipótesis
atendiendo a diferentes factores.
Martínez (2009: 45) incide en el concepto de hibridez y defiende que
no es posible trazar una «caracterización única» debido a la multiplicidad de
«tipos de textos y/o prototipos textuales» que, en mayor o menor medida,
albergan elementos propios tanto de los textos jurídicos como de los textos
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biosanitarios. A partir de ello, se sirve de la denominación de «textos
médico-legales» y establece la siguiente clasificación:
GRUPOS MÉDICO-JURÍDICOS
GÉNEROS TEXTUALES
1. Documentos médico-legales
emanados de la actuación de un
médico o de un médico forense
Certificado médico oficial, certificado de
nacimiento, certificado de defunción,
etc.
2. Documentos médico-legales para
fines judiciales
Informe pericial
3. Consentimiento informado
Consentimiento informado,
consentimiento informado en menores
4. Informe divulgativo sobre prácticas o
tratamientos sanitarios específicos
Protocolo de actuación, guía de
práctica clínica, guía técnica, etc.
5. Informe técnico de naturaleza
farmacológico-legal
Prospecto medicamentoso, etiquetado
de medicamento, etc.
Figura 1. Clasificación de los textos médico-legales según Martínez (2009).
Por su parte, Borja Albi (2012: 165.175) categoriza este tipo de
documentos en función de un único criterio: la situación comunicativa en la
que se originan. De esta forma, los ordena según su emisor, su destinatario
y su función principal:
GRUPOS MÉDICO-JURÍDICOS
GÉNEROS TEXTUALES
1. Textos normativos de temática médica
Leyes, decretos, reglamentos y, en
general, disposiciones legales de
toda índole relativas a cuestiones de
salud
2. Textos judiciales de temática médica
Demandas por negligencia médica,
sentencias de incapacitación, etc.
3. Acuerdos de voluntades
Contratos de suministro médico,
contratos de seguro de salud, etc.
4. Declaraciones unilaterales de voluntad
Consentimientos informados,
testamentos vitales, donaciones de
órganos, etc.
5. Textos administrativos que requieren la
intervención de un médico para tener
validez jurídica o resoluciones
administrativas sobre aspectos de salud
Informes forenses, certificados de
defunción, autorizaciones, etc.
Figura 2. Clasificación de los textos médico-jurídicos según Borja Albi (2012).
Por último, Casado (2008: 3) realiza una categorización más
exhaustiva dependiendo del contexto del que emanan y de a quién van
dirigidos:
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CLASIFICACIÓN DE LOS DOCUMENTOS MÉDICO-LEGALES
1. Partes
Parte judiciales
Partes de lesiones
Partes de lesiones en violencia de
género
Partes de lesiones en maltrato infantil
Parte sanitarios
Partes de notificación de enfermedades
de declaración obligatoria
Parte de notificación de sospecha de
reacciones adversas
Partes de consulta y hospitalización
Parte laborales
Parte médico de baja derivado de
contingencias comunes
Parte médico de confirmación de baja
derivado de contingencias comunes
Parte médico de alta derivado de
contingencias comunes
Parte médico derivado de contingencias
profesionales
Parte de información pública
2. Actas
Acta de nacimiento
Acta de declaración de aborto
Acta de exhumación
Acta de traslado de cadáver
Tanatopraxia
Acta de embalsamiento
Acta de conservación temporal
3. Certificados
Certificado médico ordinario
Certificación médica de defunción
Certificado de aptitud para la obtención o revisión de los
permisos de conducción
Certificados de aptitud para la tenencia y uso de armas
4. Recetas
médicas
Privadas
ISFAS (recetas para las fuerzas armadas)
MUFACE (recetas para funcionarios estatales)
MUGEJU (recetas de jueces, magistrados y funcionarios de
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la Adminsitración de Justicia)
Seguridad Social
Receta ordinaria
Receta para tratamientos de larga
duración
5. Historias clínicas
6. Documentos de voluntades anticipadas
7. Documentos de consentimiento informado
8. Informes
clínicos
Informe de alta
Alta voluntaria del paciente
Alta forzosa del paciente
Certificación acreditativa del estado de salud
Figura 3. Clasificación de los textos médico-jurídicos según Casado (2008).
3. El parte de lesiones en maltrato infantil
De acuerdo con el artículo 19 de la Convención de los Derechos de
los Niños de las Naciones Unidas, podemos definir el maltrato infantil como
«toda violencia, perjuicio, o abuso físico o mental, descuido o trato
negligente, malos tratos o explotación, mientras que el niño se encuentre
bajo la custodia de sus padres, de un tutor o de cualquier otra persona que
lo tenga a su cargo» (Unicef, 2006: 16).
La figura del médico desempeña una función elemental dentro del
sistema de detección, tratamiento e incluso prevención del maltrato infantil.
Su obligación no se limita exclusivamente al contexto clínico en el que, por
lo general, lleva a cabo su labor. Por contra, requiere una participación más
activa y plena dentro del ámbito jurídico-legal. Tal y como quedó instaurado
en el artículo 30.3 del Código de Ética y Deontología Médica de 1999, todo
aquel profesional sanitario que identifique una situación de malos tratos en
cualquier individuo habrá de intervenir en su defensa y comunicarlo de
inmediato a las autoridades competentes.
Respecto a la primera parte del proceso, resulta imprescindible
detectar los indicios o señales que puedan conducir a una situación de
maltrato. Posteriormente y en caso de confirmarse las sospechas, el médico
deberá ponerse en contacto y trasladar los hechos a los organismos que
tengan la potestad suficiente para solventar el problema. Para ello, el
personal sanitario se servirá de un impreso específico para este tipo de
asuntos. Es la denominada «Hoja de notificación de riesgo y maltrato
infantil», («Suspected Child Abuse Report» [EN]/«Erfassungsbogen bei
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Verdacht einer Kindeswohlgefährdung» [DE]). En términos generales,
consiste en un parte de lesiones que se utiliza para advertir de un posible
caso de maltrato infantil.
Este documento puede ser expedido por diferentes fuentes. Como
consecuencia, su formato no es homogéneo, sino que existen diferentes
modelos para el mismo género textual. Entre los emisores principales
destacan los órganos gubernamentales, las instituciones de protección a la
infancia y los Servicios Sociales. En Alemania, los últimos disponen de un
departamento destinado exclusivamente a la gestión de cuestiones
relacionadas con este ámbito. Se trata del «Jugendamt» (servicio alemán de
asistencia social a la juventud y a la infancia).
Una vez cumplimentada de forma adecuada la hoja de notificación,
deberá ser remitida a las autoridades judiciales. En este caso, se enviará a
la Sección de Menores de la Fiscalía correspondiente.
4. Análisis terminológico contrastivo alemán-inglés-español del parte
de lesiones en maltrato infantil
La hoja de notificación de riesgo y maltrato infantil es un género
altamente estandarizado y con una fuerte carga léxica. Su naturaleza
híbrida le confiere un alto nivel de especialización que hace del proceso
traductológico una labor ardua y compleja. No obstante, como
mencionamos anteriormente, es más bien escasa la atención que dicho
nero ha recibido en comparación con otros textos médico-jurídicos que
han despertado un interés mayor entre la comunidad académica. Con el
propósito de arrojar luz sobre este documento y obtener una serie de pautas
que puedan facilitar su traducción, nos disponemos a realizar un análisis
contrastivo en la combinación lingüística alemán-inglés-español. De este
modo, estudiaremos la estructura y el contenido del parte de lesiones en
maltrato infantil, así como las convenciones textuales que lo configuran y su
equivalente en las tres lenguas de trabajo.
4.1 Estructura
Tal y como hemos podido observar durante la labor documental de
nuestro trabajo, la hoja de notificación de riesgo y maltrato infantil sigue un
esquema uniforme en las tres lenguas de trabajo (alemán, inglés y español).
De este modo, el documento se divide en tres partes principales.
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1. Identificación de la víctima. Se compone de un breve formulario
con los datos básicos del menor que supuestamente está siendo objeto de
malos tratos. Entre los elementos más habituales de esta sección se
encuentran el nombre y los apellidos de la víctima, su edad, género, número
de teléfono y la información de sus progenitores. Por lo general, también se
incluye un pequeño apartado con las referencias de la persona que
acompaña al menor en el momento de la denuncia, o de la institución que
está reportando el caso de maltrato.
2. Descripción de la situación de maltrato. Esta parte del documento
se centra en las circunstancias y los detalles del abuso. Puede adoptar dos
formas diferentes:
a) Un cuestionario con una serie de parámetros o «indicadores» que
servirán para delimitar el tipo y la magnitud de los malos tratos a los que
está expuesto el menor. Dichos parámetros suelen agruparse en función de
su naturaleza: agresiones físicas (fracturas, moretones, laceraciones,
quemaduras, etc.), negligencia (abandono, malnutrición, falta de vigilancia,
aislamiento inadecuado, etc.) y maltrato psicológico (sobreprotección,
amenazas, injurias, etc.).
b) Un cuadro en blanco a rellenar con la explicación del problema que
está teniendo lugar. Debe ser cumplimentado por el propio menor o, en su
defecto, por la persona responsable de la denuncia.
3. Instrucciones para la cumplimentación del documento. La tercera y
última sección de la hoja de notificación de riesgo y maltrato infantil contiene
las indicaciones necesarias para rellenar la solicitud. Por ejemplo, incluye un
breve glosario con la definición de cada uno de los indicadores alojados en
el segundo apartado. De este modo, la situación podrá delimitarse de un
modo correcto y veraz. En algunas ocasiones, estas instrucciones van
seguidas de un protocolo de actuación para la denuncia del caso de
maltrato.
4.2 Terminología y convenciones textuales (DE/EN/ES)
En lo que respecta al nivel lingüístico, podemos observar que las
convenciones textuales que componen el parte de lesiones en maltrato
infantil pertenecen tanto al lenguaje jurídico como al lenguaje sanitario.
Encontramos así fraseología y tecnicismos propios de ambos sectores que
se aúnan para conferir al documento un alto grado de especificidad. A
continuación, mostramos un breve glosario trilingüe con las convenciones
más frecuentes y sus respectivos equivalentes en las tres lenguas de
trabajo:
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GERMAN (DE)
ENGLISH (EN)
SPANISH (ES)
Anamnese
Case history
Anamnesis
ASD (Allgemeine Soziale
Dienst)
Social Services
Servicios
Sociales
BMI (Body Mass Index)
(BMI) Body Mass
Index
Índice de masa
corporal (IMC) /
Índice de
Quetelet
Entwicklungsverzögerung
Developmental
delay
Retraso del
desarrollo
Erfassungsbogen
Identification form
Hoja de detección
Falldarstellung
Case history
Descripción del
caso clínico
Gedächtnisstörung
Memory disorder
Trastorno de la
memoria
Gefährdungseinschätzung
Risk assessment
Valoración de
riesgo
Gesundheitsamt
(Local) Health
Service
Autoridades
sanitarias locales
Glasgow ComaScale
Glasgow
ComaScale
Escala de coma
de Glasgow
Häusliche Gewalt
Domestic abuse
Violencia
doméstica
Jugendamt
Youth Welfare
Office
Servicio alemán
de Protección del
Menor
Kinderschutz
Child protection
system
Sistema de
protección a la
infancia y a la
adolescencia
Kindeswohlgefährdung
Child maltreatment
Maltrato infantil
Fahrlässigkeit
Child neglect
Negligencia
infantil
Konzentrationsschwäche
Poor concentration
Falta de
concentración
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KU (Körperumfang)
Girth
Perímetro
corporal
Landratsamt
Local council
Administración
local
Mißhandlung
Maltreatment
Maltrato
Schlafstörung
Sleep disorder
Trastorno del
sueño
Schutzplan
Child protection
plan
Plan de
protección de
menores
Schwellung
Swelling
Hinchazón
SD (Standarddeviation)
Standard deviation
Desviación pica
o estándar
Selbstgefährdendes
Verhalten
Self-destructive
behaviour
Conducta
autodestructiva
Selbstverletzung
Self-mutilation
Automutilación
SGB (Sozialgesetzbuch)
German Social
Code
Código Social de
Alemania
Sorgeberechtigt
Guardian
Tutor legal
Trauma
Trauma
Traumatismo,
lesión
Trennungsangst
Separation anxiety
Angustia de
separación
Verhaltensauffälligkeit
Unusual behaviour
Alteración o
anomalía del
comportamiento
Mißbrauch
Abuse
Abuso
Mitteilender
Reporter
Denunciante
Wohlbefinden
Welfare
Bienestar
Pfleger
Caregiver
Responsable
Vormundschaft
Guardianship
Tutela
Kindesaussetzung
Child
abandonment
Abandono infantil
Kind
Child
Menor
Diskriminierung
Discrimination
Discriminación
Agression
Aggression
Agresión
Überbehütung
Overprotection
Sobreprotección
Alleinerziehender Elternteil
Single parenthood
Monoparentalidad
Einschüchterung
Intimidation
Intimidación
Conclusiones
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La evolución que la relación médico-paciente ha experimentado en
los últimos años ha quedado reflejada, entre otros aspectos, en el ámbito
legal. La creación de textos médico-jurídicos ha garantizado los derechos
del enfermo a ser informado y, lo que es más importante, a adoptar un papel
activo en todos aquellos aspectos relativos a su salud. El auge de estos
documentos ha dado lugar a numerosos estudios por parte de la comunidad
traductológica. El consentimiento informado, el prospecto medicamentoso o
incluso la historia clínica son algunos de los géneros más estudiados en el
sector. Por el contrario, los textos dirigidos a menores han recibido escasa
atención y, por ende, existe un importante desconocimiento en torno a su
naturaleza y traducción a otras lenguas.
En concreto, hemos comprobado que la hoja de notificación de riesgo
y maltrato infantil o parte de lesiones en maltrato infantil entraña una
elevada complejidad léxica debido a su carácter brido. La presencia de
unidades terminológicas pertenecientes a las áreas de la medicina y del
derecho y su fuerte carga legal hacen de este género un texto en absoluto
simple, tal y como observamos durante el análisis contrastivo.
Así pues, esperamos que futuras líneas de investigación continúen
indagando en este punto con el objetivo de obtener ciertas pautas que
faciliten el trabajo del traductor.
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