ISSN: 2255-3703
Itzíar Rodríguez Fernández | Ingrid Cobos López |
Universidad de Córdoba | Universidad de Córdoba |
Recibido: 12.02. 2023
Revisado: 10.12. 2023
Aceptado: 29. 06. 2024
The judicial interpreter: genre conventions of an oral trial (German- Spanish/ Spanish-German)
functions and to create a German-Spanish-German glossary with the main conventions within this specific legal proceeding.
Sumario: Introducción. 1. El Intérprete Judicial. 2. Desarrollo de una vista oral en España y Alemania. 3. Las convenciones de género. Conclusión.
La figura del Intérprete Judicial ha sido estudiada desde distintas perspectivas. Por una parte, autores como Ortega (2006) la incluyen dentro del ámbito de especialización de la Traducción Jurídica; otros autores como Foulquié (2012) o Di Meglio (2010) consideran que forma parte de la Interpretación Social, y otros, como Cobos (2009) o Suárez (2014) la incluyen dentro de las funciones que desempeña el Intérprete Jurado.
El Intérprete Judicial desarrolla su actividad profesional traduciendo e interpretando en dependencias judiciales (Suárez 2014), aunque también interpreta en otros ámbitos de la Administración Pública. En dicho contexto, se encuentra con distintos tipos de procedimientos que están altamente convencionalizados y que debe de conocer en los distintos países de sus lenguas de trabajo (Cobos 2012). En el presente trabajo, pretendemos analizar cuál es el procedimiento del juicio oral penal y cuáles son las convenciones de género que se utilizan en el mismo en el par de lenguas español-alemán partiendo de nuestra propia experiencia profesional, para poder así ofrecer una herramienta a los Intérpretes Judiciales o a los Intérpretes en formación.
Por lo tanto, este trabajo de investigación tiene como objetivo principal servir de material útil para los intérpretes que trabajen en tribunales españoles y/o alemanes, así como solucionar posibles dudas y evitar problemas de interpretación en dicho contexto. En este sentido, y para lograr nuestro objetivo principal, planteamos una serie de objetivos secundarios:
Estudiar minuciosamente la figura del Intérprete Judicial y su emplazamiento dentro de la Traducción Jurídica, de la Interpretación Social y del Intérprete Jurado.
Comparar el desarrollo de una vista oral en España y en Alemania.
Revisar el concepto de convención de género.
La elaboración de un glosario terminológico y de convenciones de género alemán-español/español-alemán, en el que aparecerán la terminología de este campo del Derecho y las convenciones de género que más se repiten durante una vista oral. Asimismo, se analizarán algunas de las convenciones de manera más detallada en fichas traductológicas en ambas direcciones (español-alemán, alemán-español), con la finalidad de proponer una traducción concisa de las mismas.
Para poder llevar a cabo el presente trabajo, en primer lugar, pretendemos delimitar el concepto de Intérprete Judicial y el contexto en el que desarrolla su actividad profesional. Proporcionar una definición unívoca de la Interpretación Judicial no es tarea fácil, puesto que abarca distintos géneros de la traducción y de la interpretación. Esto ha provocado que diversos autores hayan llevado a cabo estudios exhaustivos con el fin de situar al Intérprete Judicial dentro de alguna de las siguientes disciplinas: la Traducción Jurídica (Ortega 2006), la Interpretación Social (Foulquié 2002) y el Intérprete Jurado (Cobos 2009).
En este sentido, Ortega (2006: 91) considera que el Intérprete Judicial pertenece al ámbito de la Traducción Jurídica, ya que afirma que:
La Interpretación Judicial puede considerarse un subgénero de la Interpretación Jurídica, entendiendo éste como la que tiene lugar en todo entorno en el que se desarrollen actuaciones de carácter jurídico (tribunales, comisarías de policía, servicios de inmigración, prisiones, etc.).
Esta podría ser una de las interpretaciones más genéricas de la figura que nos atañe ya que se cataloga por su pertenencia al ámbito jurídico.
Por su parte, Jiménez (1999) considera la Interpretación Social como una modalidad independiente de la Interpretación Judicial y establece los siguientes tipos de traducción oral: Interpretación de conferencias, Interpretación en los medios audiovisuales, Interpretación dialógica para profesionales, Interpretación Social e Interpretación de tribunales (Ortega 2006: 28).
Por el contrario, existen numerosos autores que ponen de manifiesto que la Interpretación Social está relacionada con la Interpretación Judicial, tal y como expone Foulquié (2002), quien, además, la relaciona con la interpretación en el ámbito policial:
Responder a una necesidad social de una comunidad de personas que por una razón u otra no hablan el idioma mayoritario, y por lo tanto se
ven perjudicadas en su trabajo con la administración y en el ejercicio de sus derechos y deberes a la hora de acceder a los servicios públicos (Ortega 2006:38 y Martin 2000: 208).
En último lugar, existen numerosos autores que relacionan al Intérprete Judicial con el Intérprete Jurado, puesto que ambos deben tener altos principios étnicos, nivel intelectual, formación académica y rigurosidad profesional, como afirma Cobos (2009).
En este sentido, en su estudio, Suárez (2014: 28), establece una clasificación de las actividades que un intérprete puede desempeñar en el ámbito judicial:
Traductor: El intérprete elabora traducciones tanto directas como inversas de cualquier documento que sea necesario para el proceso, tales como autos, sentencias, informes periciales, etc. Conviene recordar las escuchas telefónicas que son, generalmente de dos tipos: transcripciones o interpretaciones directas.
Perito lingüístico: La labor del perito lingüístico consiste en ayudar a la identificación de la autoría de un escrito atendiendo a patrones gramaticales, estilo propio, expresiones, etc.
Mediador intercultural: Es necesario distinguir entre la figura de mediador intercultural y la del intérprete. Debido a la naturaleza multicultural de la interpretación, resulta difícil establecer límites y competencias de intérprete en este campo. El intérprete interviene en determinadas situaciones con el fin de aclarar malentendidos que se atribuyen al desconocimiento entre culturas en cuestión, y de las cuales el intérprete es consciente.
Según el mismo autor, los juicios orales son los servicios que más demanda de Intérpretes Jurados tienen. En este caso, el intérprete debe estar físicamente en el Juzgado o en el Tribunal y tendrá el deber de interpretar lo que le haya sido otorgado, jurando previamente que traducirá oralmente la información de forma fiel y completa. Asimismo, tiene que saber que el papel que desempeñará tiene una gran responsabilidad porque actuará como un canal de comunicación entre el juez y las partes.
El objetivo de la Interpretación Judicial es garantizar la igualdad de condiciones en sus relaciones con la justicia a toda persona que no comparta el idioma del tribunal. (Ortega 2006: 91), es decir, garantizar una interpretación de calidad durante el proceso judicial y, por lo tanto, el derecho a un juicio justo.
Uno de los rasgos principales que distinguen a la Interpretación Judicial de otros géneros de interpretación es la existencia de disposiciones
legales que establecen las condiciones de nombramiento de intérpretes o el derecho a hacer uso del mismo, entre otros aspectos. (Ortega 2006: 44)
Asimismo, Suárez (2014: 27) define la figura del Intérprete Judicial
como:
Aquella persona que trabaja para los órganos judiciales en el campo de la traducción y de la interpretación. Aunque el mayor volumen de trabajo de un Intérprete Judicial se encuentra en la interpretación de juicios, la Interpretación Judicial no se restringe a la sala de juicios, sino que también puede llevarse a cabo en investigaciones de fuerzas policiales, interrogatorios a testigos, declaraciones, etc.
El papel que realiza el Intérprete Judicial es de gran relevancia, ya
que hace de mediador entre las partes y favorece el intercambio comunicativo entre ellos. De ahí la importancia y la delimitación de sus funciones tal y como afirma Abril (2006: 226):
Todo esto impone una revisión del papel actual del Intérprete Judicial y una apremiante necesidad de dotarle de herramientas eficaces (formación y acreditación) para ejercer como experto en comunicación interlingüística e intercultural con un claro sentido profesional de sus límites de intervención.
Además, según dicha autora, entre las principales características que debe tener un Intérprete Judicial destacan:
Conocer bien los idiomas, tanto el materno como el idioma meta.
Conocer las diferentes temáticas, con las que el intérprete deberá estar familiarizados.
Tener un nivel cultural sólido.
Conocer a la perfección la cultura materna y la cultura meta.
Conocer los sistemas jurídicos propios de los países donde se hablan sus lenguas de trabajo.
De acuerdo con todo lo anterior, la labor del Intérprete Judicial en los tribunales conlleva una gran trascendencia y entraña ciertas dificultades por diversas razones. La primera gran dificultad que se encuentra son las propias interpretaciones, puesto que han de ser muy rigurosas y han de basarse, por completo, en lo que el orador ha formulado. Además, y aunque resulte evidente, el intérprete debe de ser totalmente neutral al procedimiento. Por otra parte, debe saber atenerse al registro de la situación y actuar con total profesionalidad. Es precisamente aquí donde
surgen la terminología y las convenciones propias de los procesos judiciales que debe conocer e interpretar tal y como espera el receptor meta para que surtan los efectos jurídicos correspondientes. En este sentido, y con el objetivo de contribuir a la formación de Intérpretes Judiciales o de facilitarles su labor, a continuación, pretendemos revisar un procedimiento judicial concreto en España y Alemania –el juicio oral penal– y analizar las convenciones de género propias de dicho contexto.
El juicio oral penal es la última fase del proceso penal que se desarrolla una vez concluida la fase de instrucción o investigación y la fase de acusación provisional, y todo ello, antes de que se haya dictado sentencia. Asimismo, en el juicio oral penal se practican las pruebas y se presentan las alegaciones ante el tribunal o juez para que éste dicte sentencia.
En el caso de Alemania, Ambos (1997: 315) establece, según la ordenanza procesal alemana, una división en un procedimiento de instrucción fiscal y un procedimiento judicial (principio acusatorio).
La vista oral no se desarrolla de la misma manera en España y en Alemania, y para poder entender el funcionamiento del proceso en ambos países, mostraremos las distintas etapas que la componen en la siguiente tabla comparativa:
España | Alemania |
Nombramiento de los comparecientes por el oficial y tienen que estar debidamente identificados. | El presidente constata la presencia del acusado, su defensor y de los medios de prueba (testigos y peritos). |
Lectura de los escritos de acusación y defensa. |
Lectura de la acusación.
Interrogatorio del acusado sobre sus circunstancias personales.
Lectura de la frase de la acusación del fiscal.
Instrucción al acusado sobre su derecho a guardar silencio.
Indagación del acusado respecto de la causa.
El juez o tribunal interpela al abogado de la acusación, al abogado de la defensa y al Ministerio Fiscal para que se pronuncien en caso de considerar. | Prueba de los testigos, peritos o acusados. |
Declaración del acusado (primera prueba) | |
Declaración de los testigos (si los hubiere) | |
Los peritos que hayan sido propuestos deberán ratificar y resolver las cuestiones planteadas. | |
El juez preguntará a los abogados de defensa y acusación y al Ministerio Fiscal si modifican la calificación de delito. | |
Primero, el juez concederá la palabra al Ministerio Fiscal (defenderá sus argumentos) Después, el juez concederá la palabra al abogado de la acusación y el abogado de la defensa (defenderán sus argumentos) | |
El acusado tendrá una última oportunidad para efectuar su última declaración. | El acusado tiene la última palabra. |
El juicio oral penal quedará visto para sentencia. | El tribunal se retira para la deliberación y dicta sentencia. |
Recepción de la prueba.
Alegatos del fiscal y defensa, respectivamente del acusado.
Fuente: Elaboración propia a partir de la Gerichtsverfassungsgesetz y la Ley Orgánica 6/1985 del Poder Judicial.
De acuerdo con esta tabla comparativa, se puede observar que existe una clara diferencia entre las vistas orales en España y en Alemania. En primer lugar, mientras que en Alemania se da lectura a la acusación, al interrogatorio del acusado sobre sus circunstancias personales, a la lectura de la frase de la acusación del fiscal, a la instrucción al acusado sobre su derecho a guardar silencio y a la indagación del acusado respecto de la causa; en España, solo se da lectura de los escritos de acusación y defensa. Otra clara diferencia, es que el procedimiento español es bastante más extenso que el procedimiento alemán. Asimismo, en Alemania, la prueba de los testigos, peritos o acusados se da antes que la recepción de la prueba y los alegatos del fiscal y defensa, y respectivamente del acusado, mientras que, en España, primero el juez o tribunal interpela al abogado de la acusación, al abogado de la defensa y al Ministerio Fiscal para que se pronuncien en caso de considerar, y, con posterioridad, se produce la declaración del acusado, de los testigos (si los hubiese) y de los peritos.
No obstante, existen algunas similitudes entre el desarrollo de la vista oral entre ambos países. Por un lado, al principio del procedimiento, tanto en España como en Alemania, se hace un nombramiento de los comparecientes. Por otro lado, al final de la vista oral, el acusado tiene la última palabra y finalmente, el tribunal se retira para la deliberación y proclama la sentencia.
En este sentido, podemos afirmar que las principales diferencias en el desarrollo de dicho procedimiento en España y en Alemania residen en el desarrollo central del mismo, mientras que el inicio y el final del procedimiento son muy similares. Una vez analizado el proceso judicial, pasaremos a continuación, a estudiar las convenciones de género más frecuentes que aparecen en dicho proceso.
El concepto de género y convenciones de género ha sido estudiado por autores como Bajtín (1995), Swales (1990), Cobos (2012) y Moyano (2001), entre otros.
Para definirlas, podemos comenzar indicando que las convenciones de género permiten facilitar el intercambio comunicativo. Aunque flexibles y sujetas a modificaciones a lo largo del tiempo y de la práctica discursiva, estas convenciones están dadas socialmente, creadas y reconocidas por los miembros del grupo (Bajtín 1995: 248). Es decir, que cada comunidad discursiva dispone para comunicarse de una serie de géneros pautados convencionalmente (Swales 1990: 45-58).
Por su parte, Cobos (2012: 171) establece la siguiente definición para las convenciones de género: “Son convenciones de redacción en todos los niveles de descripción del lenguaje.” Vinculado al concepto, dicha autora (2012: 172) considera que: “Las convenciones de género afectan a las particularidades formales de los textos. Dichas particularidades vienen determinadas en cada sistema lingüístico y no se pueden comparar de forma indirecta entre distintas lenguas.”; lo que consideramos que afecta igualmente a la oralidad del mensaje.
Asimismo, las convenciones de género se pueden comparar entre lenguas, si son comparables tanto las estructuras del texto que pertenecen a las unidades léxicas, como la denominación entre unidades léxicas utilizadas convencionales y el contexto del acto entre lenguas (Cobos 2012: 172). No obstante, las convenciones de género deben de ser comprobadas
en cada caso mediante una descripción uniforme de todos los textos consultados para investigación (Cobos 2012: 173).
A continuación, elaboraremos un glosario terminológico completo alemán-español, que incluirá términos y convenciones de género propios del ámbito del Derecho, y en concreto aquellos que se utilizan durante una vista oral en España y en Alemania. Hemos obtenido dichos términos y convenciones del propio ejercicio profesional. Asimismo, se mostrará, a modo de ejemplo, el análisis realizado con cada una de las convenciones presentadas en el glosario a través de cuatro fichas traductológicas que nos han servido de base para nuestro estudio. Con respecto a las fichas traductológicas, se han utilizado como modelo las de Cobos (2012), incluyendo en el análisis traductológico las siguientes variantes:
Cuándo se pronuncia la expresión.
Quién pronuncia la expression.
Consecuencias jurídicas de la expresión.
Puesto que algunas de las convenciones en español no existen en alemán y viceversa, las fichas traductológicas tendrán dos direcciones: español-alemán y alemán-español, que se indicará en la entrada del término.
A continuación, se muestran cuatro de las fichas realizadas para poder elaborar el glosario posterior:
[DE] ENTRADA: Mit Erlaubnis des… | |
CAMPO DE UTILIZACIÓN: Ámbito jurídico-económico | DE – ES |
MACROGÉNERO: Interpretación judicial | |
GÉNERO: Interpretación | |
DEFINICIÓN:
FUENTE:(1) https://www.wortbedeutung.info/Erlaubnis/ (2) | |
CONTEXTO DE LA DEFINICIÓN:
| |
ANÁLISIS APLICADO A LA TRADUCCIÓN:
- Consecuencias jurídicas de la expresión: Contexto judicial
realiza entre abogados y que se acomete cuando el cliente de uno de ellos |
desea cambiar de letrado y dejar que otro lleve su defensa. Por ese motivo, el nuevo abogado deberá pedir la venia al anterior para que pueda encargarse ahora del caso.”
-Traducción: Con la venia. |
[ES] PROPUESTA DE TRADUCCIÓN ENTRADA: Con la venia. |
[ES] ENTRADA: Los días-multa. | |
CAMPO DE UTILIZACIÓN: Ámbito jurídico-económico | ES – DE |
MACROGÉNERO: Interpretación judicial | |
GÉNERO: Interpretación | |
DEFINICIÓN:
apremio.” | |
FUENTE: | |
CONTEXTO DE LA DEFINICIÓN:
establece a una persona jurídica, el máximo asciende a cinco años.” |
ANÁLISIS APLICADO A LA TRADUCCIÓN:
|
[DE] PROPUESTA DE TRADUCCIÓN ENTRADA: Tagessätze zu. |
[DE] ENTRADA: (Es/Sie/Er) wird zurückgewiesen. | |
CAMPO DE UTILIZACIÓN: Ámbito jurídico-económico | DE – ES |
MACROGÉNERO: Interpretación judicial | |
GÉNERO: Interpretación | |
DEFINICIÓN: „Der Begriff "zurückweisen" oder "zurückgewiesen" wird gebraucht, wenn einem Antrag aus materiellen Gründen nicht stattgegeben werden soll. Der Begriff "verwerfen" wird benutzt, wenn einem Antrag aus formellen Gründen, d.h. wegen Unzulässigkeit, nicht stattgegeben werden soll.“ FUENTE: https://www.lexexakt.de/index.php/glossar/zurueckweisenabweisen.php | |
CONTEXTO DE LA DEFINICIÓN:
Berufungsgericht zurückzuverweisen. Die Zurückverweisung kann an einen anderen Spruchkörper des Berufungsgerichts erfolgen.“ |
ANÁLISIS APLICADO A LA TRADUCCIÓN:
|
[ES] PROPUESTA DE TRADUCCIÓN ENTRADA: No se admite. |
[ES] ENTRADA: ¡Protesto! | |
CAMPO DE UTILIZACIÓN: Ámbito jurídico-económico | ES – DE |
MACROGÉNERO: Interpretación judicial | |
GÉNERO: Interpretación | |
DEFINICIÓN: “La protesta en juicio viene a ser la facultad de una de las partes que en el curso de un proceso, expresa su desacuerdo con una resolución judicial, que ya no es susceptible de recurso. La finalidad de tal actuación es poder hacer valer este desacuerdo, y argumentarlo con la interposición de un recurso que se pueda entablar contra una decisión posterior del Tribunal en el curso del mismo proceso.” .FUENTE: | |
CONTEXTO DE LA DEFINICIÓN:
Ante la inadmisión de un medio de prueba, se deberá manifestar protesta a efectos de segunda instancia, solicitando conste en acta el medio de prueba denegado.” |
ANÁLISIS APLICADO A LA TRADUCCIÓN:
|
[DE] PROPUESTA DE TRADUCCIÓN ENTRADA: Einspruch! |
Tras analizar, en profundidad, las convenciones de género anteriores, se puede observar que en algunas de ellas existen claras diferencias entre España y Alemania. En primer lugar, algunas expresiones no son literales del español, sino que cambian por completo cuando se busca su equivalente en alemán. En segundo lugar, en algunas expresiones varía la persona que las dice durante el juicio e incluso, en algunas ocasiones, el momento del juicio en el que se pronuncian. Por último, algunas convenciones no existen como tal en Alemania, como es el caso de la protesta. A continuación, se presenta el glosario terminológico alemán- español-alemán:
Alemán | Español |
Anspruch | Derecho |
Beantworten Sie die Fragen der Nebenklage / des Rechtantwalts/der Rechtsanwältin der Nebenklage | Responda a las preguntas del/de la Señor/a Letrado/a de la acusación particular. |
Beantworten Sie die Fragen der Verteidigung/ des Verteigiders | Responda a las preguntas del/de la Señor/a Letrado/a de la Defensa |
Bezüglich des schriftlichen Beweises/der urkundlichen Beweises | Respecto de la documental… |
Das Gericht zeiht sich zur Beratung zurück | El jurado se retira a deliberar |
Die Anklage wird verlesen. Ich bitte den Staatsanwalt um sein Plädoyer/ Ich bitte die Verteidigung um ihr Plädoyer | Se va a dar lectura a los escritos de acusación y defensa |
Die Verhandlung ist beendet | Se da por concluido el juicio |
Die Verhandlung wird eröffnet | Se abre la sesión |
Die Verhandlung wird fortgesetzt | Se declara abierta la sesión |
Einlassen (sich) | Contestar |
Einspruch! | ¡Protesto! |
Einstweilige Anordnung | Medida provisional |
Entgegen stehen | Oponerse |
Erheben | Hacer constar |
Erläutern | Aclarar/explicar |
Für etwas halten | Considerar |
Gemäss | Según |
Gerichtsfest | Válido para el tribunal |
Glauben | Estimar |
Hauptverhandlung | Juicio oral |
Hegen | Estimar/ considerar |
Herr Rechtsanwalt/ Frau Rechtsanwältin | Señor/ Señora Letrado/a |
Herr Richter | Su Señoría/ Señoría |
Herr Richter, ich habe keine Frage mehr | Señoría, no hay más preguntas |
| De todo lo cual doy fe |
In Betracht kommen | Entrar en consideración |
Kraftsloserklärung | Invalidación |
Mit Erlaubnis des… | Con la venia… |
Sie haben das Wort /… hat das Wort | Tiene la palabra… |
Sie sind entlassen, Sie können den Saal verlassen oder bleiben, wie Sie möchten | Puede retirarse, abandonando la Sala o permaneciendo en ella, según desee |
Sind Sie mit dem Angeklagten, dem Staatsanwalt oder der Verteidigung verwandt oder verschwägert? | ¿Tiene usted algún parentesco, amistad o relación de cualquier otra clase con el acusado, el ministerio fiscal o la defensa? |
Spruchreif | Vistos para sentencia |
Stimmt das? | ¿Es correcto? |
Tagessätze zu | Los días-multa |
Ungebühr vor Gericht | Desacato al tribunal |
Verkünden |
|
Verlassen Sie den Saal | Despejen la Sala |
Vernehmen |
|
Vernehmung | Interrogatorio |
Vernehmungsprotokoll | Declaración del procesado |
Verpflichten Sein | Estar obligado |
Vertreten | Representar |
Verurteilen | Condenar |
Vollmacht | Poder |
Vollstreckbar | Ejecutable/ejecutoria |
(Es/sie/er) wird zurückgewiesen | No se admite. |
Zeugen | Testigos |
Zivilkammer | Sala de lo civil |
Zweifel | Duda |
A lo largo del presente estudio se ha podido apreciar que existe una gran diversidad de opiniones cuando se trata de contextualizar la figura del Intérprete Judicial. Tras revisar dichas conceptualizaciones, consideramos que el Intérprete Judicial se enmarca o actúa dentro del ámbito de la Interpretación Social. Para ello, nos basamos en cuestiones de distinta índole, a saber, que el Intérprete Judicial debe atenerse a las normas que dicta el Derecho y ser neutral a la situación y profesional; que dicha figura está ligada con la sociedad, ya que facilita, por ejemplo, que las partes tengan derecho a un juicio justo facilitando la labor de comunicación; y por último, aunque no menos relevante, porque el intérprete que trabaja en dicho contexto debe de conocer a la perfección los idiomas de trabajo y las culturas que subyacen en las mismas, actuando así como mediador en determinados casos.
En relación con lo anterior, y centrándonos en la parte lingüística de su labor, el intérprete deberá dominar las convenciones de género que se
utilizan en determinados procedimientos judiciales; en nuestro caso, en la vista oral en español y alemán. El estudio de las convenciones en las fichas traductológicas ayuda al intérprete a entenderlas en su contexto, puesto que muchas de ellas no existen o no se dicen de la misma manera en el idioma al que se van a traducir o interpretar. Por ese motivo, hemos incluido el aspecto cultural en el análisis traductológico, puesto que creemos que es una parte clave del proceso de la interpretación. Asimismo, con el glosario bilingüe, ponemos a disposición de los Intérpretes Judiciales en activo o en formación, una herramienta útil para preparar un juicio oral de cualquier temática, evitando así posibles problemas durante las interpretaciones.
En la actualidad encontramos gran cantidad de glosarios bilingües sobre temas de distinta índole en el ámbito de la traducción, sin embargo, consideramos que no existen tantos glosarios sobre las convenciones de género orales que surgen en los contextos judiciales, policiales, sanitarios, educativos o gubernamentales; contextos que forman parte de los servicios públicos y en los que se ha de asegurar la comunicación mediante interpretación, por lo que, en el futuro, seguiremos investigando las convenciones orales existentes en otros procedimientos para generar así herramientas útiles para los Intérpretes en activo o en formación.
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