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El Derecho comparado y la terminología jurídica en
traducción
Gisella Policastro Ponce
CBLingua
gisellapolicastro@gmail.com
Fecha de recepción: 2.10.2015
Fecha de aceptación: 27.11.2015
Resumen: En la actualidad, el derecho comparado interviene en calidad de
herramienta de trabajo para ayudar a consolidar y expandir otras disciplinas teóricas
ubicadas tanto dentro del perímetro del derecho como fuera de él, entre las que
naturalmente figura la traductología. El propósito de este trabajo es analizar el
derecho comparado desde una perspectiva práctica aplicada a la terminología
jurídica y su traducción del español al inglés y viceversa, a partir de algunos casos
concretos extraídos de un corpus terminológico documental.
Palabras clave: derecho comparado, terminología jurídica, traducción jurídica,
traductología.
Comparative law and legal terminology in translation
Abstract: Nowadays
, comparative law is used as a working tool to strengthen and
expand other theoretical disciplines located within the perimeter of law as well
as out of it, among which translation studies are included. This paper is
aimed at analyzing comparative law from a practical view, applied to legal
terminology and its translation from Spanish to English and vice versa, by
studying some specific cases of a documentary corpus.
Key words: comparative law, legal terminology, legal translation, translation
studies.
Sumario: Introducción. 1. Rasgos generals de la terminología jurídica: Derecho inglés y
español. 2. Principales tipos de términos del ámbito jurídico y su dificultad traductológica.
3. Problemas traductológicos de la terminología jurídica. Conclusiones.
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Introducción
Comparing two Systems of law is a difficult task. All systems of law
make use of fictions, and the rules to which they pay lip service are not
always what they seem. Often a comparison of two systems will reveal
diametrically opposed rules in theory, but similar results in nine out of
ten actual cases
Waddams (1987,85).
Este estudio aborda desde una perspectiva comparativa la relación
de dependencia entre lenguaje y cultura entre los sistemas jurídicos español
e inglés. Como cuestión previa para llevar a cabo un análisis comparativo
ente ambos ordenamientos es necesario prestar atención a la relación entre
el lenguaje y el Derecho, extraer la esencia de ambas disciplinas y delimitar
sus afinidades y diferencias, dentro del marco de las peculiaridades propias
del lenguaje jurídico.
Es necesario partir del derecho comparado para llegar al derecho
traducido, tal y como afirman Kisch (1973), Gutteridge (1949) y Schlesinger
(1950). Esta disciplina tiene como objetivo profundizar en el conocimiento
de los diferentes ordenamientos jurídicos, servir como instrumento de
interpretación del derecho y fomentar la unificación sistemática del derecho.
A lo largo de los os, los distintos especialistas han comprendido la
importancia que tienen las técnicas comparativas a la hora de confirmar las
hipótesis formuladas en las investigaciones que emprenden. Esta disciplina
nos permite consolidar un conjunto de principios epistemológicos que
aspiran a la universalidad por la que han de regirse todas sus posibles
aplicaciones instrumentales, incluida la de servir de asistente al traductor de
textos jurídicos. Se han enumerado seis principios básicos:
· La funcionalidad. Obliga a aquellos que practican el derecho
comparado (traductores inclusive) a saber diferenciar qué es
comparable y lo que es incomparable, es decir, aquellas
unidades jurídicas que no cumplen una misma función en el
seno de sus respectivos ordenamientos.
· Imaginación y disciplina. Son dos cualidades que deben de
estar presentes en el ánimo del comparatista. El traductor de
textos jurídicos debe proveerse de ambas cualidades si no
quiere extraviarse por el camino de los sinónimos, falsos
amigos y demás parónimos engañosos.
· Delimitación del objeto de estudio. Para traductor jurídico, los
puntos que debe delimitar para sus unidades jurídicas son
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tres: el entorno espaciotemporal en que se haya el texto que
deba traducir, el entorno temático (jurídico) y cultural, y, por
último, la naturaleza exacta del texto en cuestión.
· Investigación previa. La documentación es uno de los
principios básicos para cualquier persona dedicada a la
traducción, a como, para cualquier comparatista jurídico.
Antes de realizar una comparación entre dos unidades
jurídicas, es necesario profundizar en cada una de ellas, por
separado y dentro de los entornos de cada una, con el fin de
extraer las particularidades, los vínculos los objetivos que se
distinguen de dichas unidades.
· Elaboración de un repertorio de unidades jurídicas generales
funcionales.
· Finalizar con la redacción de un informe sobre la comparación
efectuada, que englobe las conclusiones a las que ha llegado
el comparatista tras su labor de investigación.
Por otro lado, es importante destacar que el lenguaje es un elemento
vivo y característico de las diferentes comunidades, existiendo diversas
variaciones en su uso dependiendo de los grupos sociales que las
conforman, como consiguiente, los preceptos obligacionales que deben ser
universalmente extendidos y asumidos por las diferentes personas y grupos
sociales, deben de gozar de un lenguaje jurídico especializado, basado en
las imperfecciones arbitrarias, en el rigor lingüístico y precisión
terminológica, que fortalezcan la seguridad jurídica de aquéllos a quienes va
dirigido.
La combinación entre diferentes ordenamientos jurídicos que
presenta una falta de correspondencia biunívoca entre ambas lenguas
(inglés y español) y la propia dificultad que el lenguaje jurídico entraña,
como consecuencia de su reiteración terminológica y la ambigua
terminología de sus textos, dificultan los intentos por hacer del lenguaje
jurídico un lenguaje preciso, unívoco y lógicamente riguroso.
Sin embargo, el lenguaje jurídico, al igual que el lenguaje natural,
ofrece un amplio abanico de términos cuyo significado sólo puede ser
precisado en función del contexto en el que aparezcan, lo que plantea
diversos problemas de naturaleza semántica y pragtica, obligando al
traductor a tener un amplio conocimiento no sólo de la terminología jurídica
general sino también de la estructura y características del Derecho propio
de la lengua en la que se haya especializado, con el fin de llevar a cabo una
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interpretación específica de los términos, ya sean jurídicos o del lenguaje
cotidiano, cuando estos se encuentren integrados en el discurso jurídico.
Esto nos lleva a realizar, en primer lugar, una visión general de los
distintos rasgos fundamentales que nos permitan identificar la terminología
jurídica, para pasar más adelante al estudio práctico.
1. Rasgos generales de la terminología jurídica: Derecho inglés y
español
1.1 Rasgos distintivos del Derecho inglés
El ordenamiento jurídico inglés es el fruto de lo que el pueblo inglés
ha ido sembrando a lo largo de casi mil años de historia, determinado por la
idiosincrasia de los habitantes de Inglaterra y su devenir histórico como
nación. Algunos especialistas en derecho comparado, han diseccionado sus
rasgos distintivos y facciones más sobresalientes según describimos a
continuación:
- Vocablos de origen francés o normando, como consecuencia de la
comprensible influencia del francés sobre el inglés.
- Latinismos. Si bien es cierto que el Derecho inglés es autóctono y no
esbasado en el romano, es verdad que no ha podido escapar del
todo de su influencia, y mucho menos del latín.
- Registro formal y arcaizante, como consecuencia del carácter
consuetudinario del Derecho inglés y, como hemos mencionado en
los dos puntos anteriores, presencia de latinismos y términos del
francés y el normando antiguo.
- Redundancia expresiva. Son muy comunes los dobletes y tripletes, es
decir, las construcciones en que se repiten términos que son
sinónimos parciales.
- Verbos de significación empírica
- Eufemismos
- El lenguaje mutilado o abreviado, perceptible también en la lengua
inglesa común.
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1.2 Rasgos distintivos del Derecho español
Por su parte, el ordenamiento jurídico español comparte con la
mayoría de los países de su propio continente, la digna condición de ser
miembro de una vasta y respetada familia romano-germánica, y, por encima
de todo, posee el poder de exhibir unas tradiciones jurídicas singulares que
pueden ser contrastadas con las expuestas en el punto anterior:
- Lenguaje denotativo y unívoco
- Presenta abundantes arcaísmos
- Frecuencia de latinismos, tanto puros como adaptados
- Estructura rígida, preestablecida de antemano, al proceder de una
lengua culta: el latín
- Empleo de fórmulas estereotipadas
- Limitada creatividad, expresividad y subjetividad
- Uso de tecnicismos
- Redundancia expresiva
- Eufemismos
2. Principales tipos de términos del ámbito jurídico y su dificultad
traductológica
Podemos distinguir dos clases de términos jurídicos principales que
nos permiten analizar la problemática que dichos vocablos pueden
presentar para el traductor de textos jurídicos, teniendo en cuenta las
diversas acepciones y aplicaciones de los términos, de acuerdo con su
ámbito de aplicación.
Términos exclusivamente jurídicos.
Son aquellos que se utilizan y aceptan en forma generalizada
encontrándose habitualmente en textos y documentos normativos y
contractuales, gozando en ciertos casos de una específica delimitación
jurisprudencial y doctrinal, lo que les habilita para poner de manifiesto, a lo
largo del tiempo, un contenido técnico- jurídico preciso, a veces muy alejado
del sentido que a dichos términos le otorga el lenguaje natural.
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A continuación presentamos algunos términos exclusivamente
jurídicos que resultan de interés para la traducción especializada y cuyo
análisis ha sido objeto de estudio de diferentes trabajos de especialización.
CAMPO DE UTILIZACIÓN:
Derecho
SUBCAMPO DE UTILIZACIÓN:
Derecho procesal
ENTRADA:
Committal
CATEGORÍA GRAMATICAL:
Sustantivo
TÉRMINO EQUIVAL
ENTE EN ESPAÑOL:
Compromiso
DEFINICIÓN: [A] Convenio entre litigantes, por el cual someten su litigio a árbitros o
amigables componedores
ACEPCIÓN 1.
Commital for senteme
TÉRMINO EQUIVALENTE EN ESPAÑOL:
remisión de una causa o procedimiento
desde el Tribunal de Magistrados (the Magistrate´s Court) al Tribunal de la Corona (the
Crown Court), cuando el juez inferior (magistrate) no es competente para enjuiciarlo,
debido a la gravedad de la pena a imponer.
ACEPCIÓN 2.
Committal for trial
TÉRMINO EQUIVA
LENTE EN ESPAÑOL:
auto de procesamiento, auto ordenando
apertura de juicio oral con jurado en el Tribunal de la Corona (the Crown Court).
ACEPCIÓN 3.
Committal order
TÉRMINO EQUIVALENTE EN ESPAÑOL:
orden de ingreso en prisión por desacato,
impago, etc.
ACEPCIÓN 4.
Committal proceedings
TÉRMINO EQUIVALENTE EN ESPAÑOL:
diligencias de procesamiento, instrucción de
una causa criminal
REMISIÓN A TÉRMINOS SINÓNIMOS (EN):
Commitment
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Palabras del lenguaje cotidiano con acepcionespicamente jurídicas
Es común este rasgo para todas las ramas del saber y para los
diferentes lenguajes especializados, por el que determinadas palabras del
uso ordinario adquieren significados especializados. Esto se debe
especialmente a la mutidisciplinariedad del lenguaje y a la cercanía que
existe en muchas ocasiones entre situaciones en las que se utiliza una jerga
especializada y, al mismo tiempo, se hace uso de expresiones del lenguaje
cotidiano.
Algunos ejemplos de palabras de uso común en inglés que adquieren
un valor especializado en el lenguaje jurídico las hemos recogido en las
siguientes fichas terminológicas, en las que consideramos sus diferentes
acepciones:
CAMPO DE UTILIZACIÓN:
Derecho
SUBCAMPO DE UTILIZACIÓN:
Derecho pena
l
ENTRADA:
Remand
CATEGORÍA GRAMATICAL:
Verbo
TÉRMINO EQUIVALENTE EN ESPAÑOL:
Detener
DEFINICIÓN:
[A]
Dicho de una autoridad: Prender a alguien
NOTA:
El Código Penal se refiere a la detención únicamente para sancionar aquellas
que se han practicado sin cumplir con las formalidades requeridas por la ley,
recogiendo tanto en el supuesto en que las mismas se hayan practicado por particular
como si se han llevado a cabo por funcionarios públicos
ACEPCIÓN 1.
Remand in custody
TÉRMINO EQUIVALENTE EN
ESPAÑOL:
En prisión preventiva
ACEPCIÓN 2.
Remand on bail
TÉRMINO EQUIVALENTE EN ESPAÑOL:
En libertad provisional bajo fianza
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ENTRADA:
Bring
CATEGORÍA GRAMATICAL:
Verbo
TÉRMINO EQUIVALENTE EN ESPAÑOL:
Traer
ACEPCIÓN 1.
Bring an action
TÉRMINO EQUIVALENTE EN ESPAÑOL:
Interp
oner una demanda; iniciar una
acción judicial
REMISIÓN A TÉRMINOS SINÓNIMOS (EN):
Institute an action
ACEPCIÓN 2.
Bring a complaint
TÉRMINO EQUIVALENTE EN ESPAÑOL:
Presentar una denuncia/una acusación
ACEPCIÓN 3.
Bring into disrepute
TÉRMINO EQUIVAL
ENTE EN ESPAÑOL:
desacreditar
ACEPCIÓN 4.
Bring in a bill
TÉRMINO EQUIVALENTE EN ESPAÑOL:
Presenta diversas acepciones:
Presentar un proyecto de ley; detener o llevar a comisaría; Declarar o dar el
veredicto.
ENTRADA:
Discharge
CATEGORÍA GRAMATICAL
:
Verbo
TÉRMINO EQUIVALENTE EN ESPAÑOL:
Cumplir
DEFINICIÓN:
[A]
Desempeñar o llevar a cabo el ejercicio de las funciones
CONTEXTO:
Para que un acto administrativo sea válido deben
cumplirse
las
formalidades previstas por la ley
ACEPCIÓN 1.
Discharge
a prisoner
TÉRMINO EQUIVALENTE EN ESPAÑOL:
Liberar, poner en libertad
ACEPCIÓN 2.
Discharge a debt
TÉRMINO EQUIVALENTE EN ESPAÑOL:
Liquidar o saldar una deuda
ACEPCIÓN 3.
Qualified discharge
TÉRMINO EQUIVALENTE EN ESPAÑOL:
Absolución condicional
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ENTRADA:
Find
CATEGORÍA GRAMATICAL:
Verbo
TÉRMINO EQUIVALENTE EN ESPAÑOL:
Encontrar
ACEPCIÓN 1.
Find somebody guilty
/
not guilty
TÉRMINO EQUIVALENTE EN ESPAÑOL:
(Derecho procesal)
Declarar a alguien
culpable/inocente
ACEPCIÓN 2.
Find for the def
endant
TÉRMINO EQUIVALENTE EN ESPAÑOL:
(Derecho procesal) Fallar a favor del
acusado
3. Problemas traductológicos de la terminología jurídica
El lenguaje jurídico plantea diversos problemas de naturaleza
semántica y sintáctica que crean cierta ambigüedad y, en consecuencia,
dificultan la labor del traductor. Gran parte de los textos jurídicos son
lingüísticamente ambiguos, porque el lenguaje utilizado es en sí mismo
ENTRADA:
Action
CATEGORÍA GRAMATICAL:
Sustantivo
TÉRMINO EQUIVALENTE EN ESPAÑOL GENERAL:
Acción
TÉRMINO EQUIVALENTE EN ESPAÑOL ESPECIALIZADO:
Proceso judicial
DE
FINICIÓN:
[A] Instrumento esencial de la jurisdicción o función jurisdiccional del
Estado, que consiste en una serie o sucesión de actos tendentes a la aplicación o
realización del Derecho en un caso concreto.
CONTEXTO:
La presunción de inocencia es una g
arantía del
proceso
judicial de lo
penal.
ENTRADA:
Trust
CATEGORÍA GRAMATICAL:
Sustantivo
TÉRMINO EQUIVALENTE EN ESPAÑOL GENERAL:
confianza
TÉRMINO EQUIVALENTE EN ESPAÑOL ESPECIALIZADO:
fideicomiso, fiducia
DEFINICIÓN:
[A]: Fideicomiso: Sistema
de administración de determinados territorios
por parte de un Estado soberano, bajo la autoridad de la Asamblea General de las
Naciones Unidas, en virtud de acuerdos especiales.
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ambiguo. Ello puede observarse en particular en los textos legislativos y en
general en una gran parte de los actos jurídicos documentados.
Algunos de los casos en los que los términos jurídicos crean
dificultades evidentes son las sinonimias del lenguaje, que crean confusión
en cuanto a la similitud entre un término y otro como consecuencia de una
falta de conocimiento preciso de los significados de los términos; un
incremento de términos polisémicos que surgen de los frecuentes trasvases
terminológicos de unos campos científicos a otros y de errores en la
utilización de las técnicas jurídicas de delimitación de conceptos; los
múltiples casos de sinonimias entre diferentes lenguas, conocidos como
falsos amigos y la reciente proliferación de préstamos y calcos de otros
idiomas. Cabe destacar en nuestro estudio dos fenómenos relacionados con
el léxico jurídico, la sinonimia y la polisemia, que abaten el principio de
univocidad de los discursos especializados, ya que, como afirma Barceló
(2010: 33):
Aunque los femenos de sinonimia y polisemia son más propios de la
lengua general que de las denominadas lenguas especializadas, no
podemos negar su aparición en estas últimas.
3.1 Sinonimia
La sinonimia se define como la relación de identidad o semejanza de
significados entre palabras, es decir, existe una sinonimia total o parcial
entre términos que se determina por el concepto al que representan o por el
contexto en el que se localizan. El lenguaje jurídico no está exento de
sinonimia, si bien es cierto que no se encuentran tantas sinonimias totales
(dolo y malicia; dador y librador; lesión y herida), como parciales (carga y
gravamen; convenio y contrato), puesto que en estas últimas toman
relevancia otros fenómenos como la hiperonimia y la hiponimia (dolo,
malicia e intención; resolución y sentencia; notificación y citación).
A menudo, la sinonimia en el contexto jurídico desemboca en el uso
de dobletes, que muchos autores justifican en la búsqueda de la precisión y
la exactitud. A tenor de lo anterior, se detectan tanto términos sinónimos
(daños y perjuicios), como locuciones sinónimas (así lo pronunciamos,
mandamos y firmamos), especialmente en el lenguaje notarial (la aprueba,
ratifica y firma, capacidad y legitimación). Esta particularidad se presenta
como una dificultad común tanto en el ordenamiento jurídico inglés como el
español. Pasamos, a continuación, al análisis terminológico que presentan
diferentes casos de sinonimia típicos de los textos jurídicos, que el traductor
debe conocer y, sobretodo, saber resolver y trasladar su significado de una
realidad lingüística a otra.
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CAMPO DE UTILIZACIÓN:
Derecho
SUBCAMPO DE UTILIZACIÓN:
Derecho penal
*
1
ENTRADA:
Crime
CATEGORÍA GRAMATICAL:
Sustantivo
TÉRMINO EQUIVALENTE EN ESPAÑOL:
Delito
DEFINICI
ÓN:
[A] La comisión de un acto prohibido por la ley o la omisión de un deber
ordenado por la ley, por las que se impone una pena al autor del acto prohibido o de
la omisión prescrita, tras ser juzgado y condenado.
EXPLICACIÓN
:
Este término es el que trad
icionalmente se ha utilizado para referirse
a los delitos, en las sentencias y en los Repertorios de Jurisprudencia.
SINÓNIMO 1.
Offence
EXPLICACIÓN:
Actualmente, este vocablo se emplea con más frecuencia,
reservándose la mayoría de las veces el término crime para los delitos más graves,
como el asesinato, bien de ciudadanos corrientes (murder) o de dirigentes políticos o
sociales (assasination)
ACEPCIÓN 3.
Offend
TÉRMINO EQUIVALENTE EN ESPAÑOL:
Delinquir
*
1
ACEPCIÓN 4. (Derecho civil)
Tort or civ
il wrong
TÉRMINO EQUIVALENTE EN ESPAÑOL:
Ílicito civil extracontactual
EXPLICACIÓN:
La diferencia no reside en el hecho en sí, sino en las consecuencias
legales que dimanan del mismo. Desde un punto de vista procesal, en la vía civil se
sigue un procedimiento civil consistente normalmente en el hecho de que una
persona presenta una demanda contra otra. Mientras que en la vía penal, se sigue un
procedimiento penal, en el que corresponde al Estado, a través del Ministerio Fiscal,
inculpar o encausar al sospechoso o denunciado.
SINÓNIMO 2:
Felony
TÉRMINO EQUIVALENTE EN ESPAÑOL:
felonía, delito grave
SINÓNIMO 3:
Misdemeanors
TÉRMINO EQUIVALENTE EN ESPAÑOL:
falta
,
delito menor
SINÓNIMO 4:
Infraction
TÉRMINO EQUIVALENTE EN ESPAÑOL:
infracción,
viol
ación
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3.2 Polisemia
La polisemia se da cuando una sola unidad léxica adquiere, con el
uso, una diversidad de significados, normalmente, relacionados entre sí. Los
términos polisémicos comparten un mismo significante pero difieren en su
significado, aunque su etimología es idéntica.
En el ámbito jurídico inglés-español, este caso constituye uno de los
puntos más problemáticos para los estudios lingüísticos y traductológicos.
Las polisemias léxicas crean mayor dificultad cuando, tras el análisis de los
contrastes léxicos, se elige la acepción equivocada en la lengua término o
CAMPO DE UTILIZACIÓN:
Derecho
ENTRADA:
Qualified
CATEGORÍA GRAMATICAL:
adjetivo
TÉRMINO EQUIVALENTE EN ESPAÑOL:
profesional, preparado
DEFINICIÓN:
[A] Que reúne las condiciones o requisitos exigidos
SINÓNIMO:
well
-
trained
ACEPCIÓN 1.
condicional, limitado, con salvedades
SINÓNIMO:
conditional, special
NOTA:
En algunos casos puede presentar un significado ambiguo; por ejemplo,
qualified opinión puede ser un dictamen autorizado o un dictamen restrictivo
CAMPO DE UTILIZACIÓN
:
Derecho
ENTRADA:
Annul
CATEGORÍA GRAMATICAL:
Verbo
TÉRMINO EQUIVALENTE EN ESPAÑOL:
Anular, cancelar, invalidar
SINONIMIA.
Cancel es considerado un sinónimo parcial de annul, no obstante,
este último, connota que lo anulado nunca existió, como por ejemplo la anulación
de un matrimonio, en cuyo caso equivale a nullify. Otros sinónimos de annul,
normalmente aplicados al campo de lo legislativo son: abolish, abrogate, repeal
etc. Mientras que son sinónimos parciales aplicados a las resoluciones judiciales:
quash, reverse, set aside,strike.
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de llegada. Por ello, es fundamental definir y delimitar con total precisión las
unidades jurídicas, como se ha mencionado con anterioridad.
Con el objetivo de solucionar los abismos traductológicos, el traductor
debe ser conocedor de este tipo de problemas, estar familiarizado con sus
acepciones y respectivas equivalencias en la lengua meta y, contar con
herramientas de documentación muy precisas y recomendablemente
monolingües.
Ilustramos en las siguientes fichas terminológicas esta problemática
que rodea a la terminología jurídica, mostrando algunos casos de polisemia
más comunes:
CAMPO DE UTILIZACIÓN:
Derecho
ENTRADA:
Sa
nction
CATEGORÍA GRAMATICAL:
verbo
TÉRMINO EQUIVALENTE EN ESPAÑOL 1.:
Sancionar
DEFINICIÓN 1. :
[A] Castigar
CONTEXTO:
Los delitos son penas penas
sancionables
con un amulta, prisión u otras
penas
DEFINICIÓN 2.
[B]
Dar la aprobación
CONTEXTO:
El p
leno sancionó la propuesta de la comisón y aprobó el informe por
unanimidad.
CAMPO DE UTILIZACIÓN:
Derecho
ENTRADA:
Issue
CATEGORÍA GRAMATICAL:
Sustantivo
TÉRMINO EQUIVALENTE EN ESPAÑOL 1. C
uestión importante, fondo de la
cuestión
TÉRMINO EQUIVALEN
TE EN ESPAÑOL 2.:
Dictar
CATEGORÍA GRAMATICAL:
Verbo
CONTEXTO:
issue a decree
(dictar un decreto), issue a summons (dictar un auto de
emplazamiento)
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3.3 Falsos amigos
Los falsos amigos o términos cognados son palabras pertenecientes
a distintas lenguas que, aunque procedan de la misma fuente, han
CAMPO DE UTILIZACIÓN:
Derecho
ENTRADA:
Provision
CATEGORÍA GRAMATICAL:
Sustantivo
TÉRMINO EQUIVA
LENTE EN ESPAÑOL:
Abastecimiento
ACEPCIÓN 1.
Provision of funds
CATEGORÍA GRAMATICAL:
Sustantivo
TÉRMINO EQUIVALENTE EN ESPAÑOL:
Disposición, precepto
CONTEXTO:
Las disposiciones específicas de una Ley aparecen en numerosas
secciones.
CAMPO DE
UTILIZACIÓN:
Derecho
SUBCAMPO DE UTILIZACIÓN:
Derecho procesal
ENTRADA:
Order
CATEGORÍA GRAMATICAL:
Sustantivo
TÉRMINO EQUIVALENTE EN ESPAÑOL 1. :
Orden, orden ministerial, decreto,
DEFINICIÓN:
[A] Mandato político o administrativo
CONTEXTO:
Los
decretos
legislativos son leyes redactadas por el gobierno a
petición del Parlamento
TÉRMINO EQUIVALENTE EN ESPAÑOL 1. :
resolución judicial, actuación judicial,
EXPLICACIÓN:
Este significado es similar al anterior
pero aquí las órdenes o
mandatos son de tipo judicial, equivaliendo a resoluciones, autos o fallos
judiciales.
TÉRMINO EQUIVALENTE EN ESPAÑOL 2. :
sección, norma, artículo, reglamento
EXPLICACIÓN:
Las normas de Derecho procesal civil, contenidas en
The Rules of
the Supreme Court (The White Book) y The County Court Rules (The Green Rules),
se llaman rules, y se agrupan en varios grandes grupos llamados orders.
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conservado o adquirido diferente significados, de manera que no se
traducen adecuadamente entre sí. Cuando hablamos de este contraste
léxico, nos referimos a términos que existen en las dos lenguas y que, en
principio, no se trata de ningún calco o préstamo, sino de palabras que han
tenido una evolución etimológica diferente. Pasamos, a continuación, al
análisis de las fichas terminológicas que presentan algunos ejemplos de
falsos amigos más extendidos y que presentan mayor confusión en su
traducción al sistema jurídico español:
CAMPO DE UTILIZACIÓN:
Derecho
ENTRADA:
Court
CATEGORÍA GRAMATICAL:
sustantivo
TÉRMINO EQUIVALENTE EN ESPAÑOL:
tribunal de justicia, órgano jurisdiccional
EXPLICACIÓN:
Este término nunca
se traduce en español por Corte, sin embargo, a
veces puede crear confusión ya que en Latino América es un término muy extendido.
Asimismo, en Derecho Internacional, algunas siglas extendidas ya han adoptado en
su traducción al español la palabra Corte, como por ejemplo CPI (Corte Penal
Internacional). Por otro lado, las Cortes Generales se traducen al inglés como Spanish
Parliament.
CAMPO DE UTILIZACIÓN:
Derecho
ENTRADA:
Actual
CATEGORÍA GRAMATICAL:
adjetivo
TÉRMINO EQUIVALENTE EN ESPAÑOL:
real, efectivo, expreso
EXPLICACIÓN:
Este adjetivo no equivale al actual españ
ol, que es en inglés
present, current. Se usa en expresiones en las que se quiere resaltar de forma clara
la efectividad real de un hecho, acontecimiento o circunstancia frente a lo inferido.
ACEPCIÓN 1. :
(derecho civil)
actual damages
TÉRMINO EQUIVAL
ENTE EN ESPAÑOL:
daños efectivos, indemnización
compensatoria por daños.
NOTA:
Este tipo de indemnización puede concederse por daños efectivos, generales
o efectivamente causados. Se conoce también como general/compensatory
damages, se concede cuando se puede determinar fácilmente el valor de lo perdido o
dañado.
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CAMPO DE UTILIZACIÓN:
Derecho
SUBCAMPOS DE UTILIZACIÓN:
Derecho procesal
ENTRADA:
magistrate
CATEGORÍA GRAMATICAL:
sustantivo
TÉRMINO EQUIVALENTE EN ESPAÑOL:
juez de los tribunales inferiores de lo
penal
EXPLICACIÓN:
Los términos magistrado y
magistrate
no se corresponden, ya que
el primero se refiere al juez superior, mientras que en inglés se aplica a los jueces
de paz o jueces legos, que no reciben retribución alguna por su trabajo. En la
actualidad, cualquier ciudadano puede ser juez lego, mientras que en el pasado sólo
lo eran los ciudadanos cultos y distinguidos.
En el caso siguiente, el problema traductológico no reside en los
conceptos en sí mismos, sino en la falsa sinonimia que se cree que existe
entre los términos sentence y judgement:
CAMPO DE UTILIZACIÓN:
Derecho
SUBCAMPO DE UTILIZACIÓN:
Derecho procesal
ENTRADA:
Sentence
CATEGORÍA GRAMATICA
L:
sustantivo
TÉRMINO EQUIVALENTE EN ESPAÑOL:
sentencia, pena, condena
DEFINICIÓN:
[A] Decisión formulada por el juez o tribunal para resolver
definitivamente todas las cuestiones planteadas en un proceso civil o criminal
ACEPCIÓN 1.
Judgement
TÉRM
INO EQUIVALENTE EN ESPAÑOL:
fallo, sentencia, decisión judicial
EXPLICACIÓN:
El término español sentencia equivale, en principio a dos palabras
inglesas sentence y judgement, que no son sinónimas, y por tanto no son
intercambiables. A diferencia de lo que ocurre en español, en inglés la palabra
sentencese emplea única y exclusivamente para designar una pena impuesta en
juicios penales, y judgement se aplica a la decisión, resolución o fallo que adoptan
los jueces o tribunales civiles. Mientras que, decree se reserva para los fallos de los
tribunales de equidad y veredict es la resolución de un jurado.
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Conclusión
El derecho es un fenómeno nacional, una disciplina que cuenta con
un sistema legal independiente, integrado por un aparato terminológico
propio y una estructura conceptual particular, que debe ser cuidadosamente
desmembrado y perfectamente analizado, para poder llevar a cabo la labor
de traducir, traspasar, verter un ordenamiento jurídico en el otro, con el fin
de que el texto resultante sea válido, es decir, que tenga el mismo efecto y
la misma finalidad que el texto original tiene o tuvo para tales y cuales
destinatarios, para tales y cuales fines y en tal y cual situación histórica.
Cosseriu (1986: 239).
Las competencias profesionales necesarias para que un traductor
ejerza su labor dentro del ámbito jurídico presentan como punto de partida
la necesidad de un conocimiento profundo de los sistemas jurídicos que
entren en contacto, tanto en lo relativo a su ordenamiento como a su
funcionamiento interno. Asimismo, es necesario ser consciente de las
convenciones y de las particularidades lingüísticas que se detectan en ellos
para trasladar con la mayor exactitud el mensaje en la cultura meta, siendo
fieles al contenido del texto origen.
El traductor de textos jurídicos inglés-español opera tanto con
categorías lingüísticas y unívocas, como con categorías extralingüísticas y
multívocas. Lo cierto es que el traductor, no sólo es un especialista en las
lenguas en las que trabaja, sino que lleva a cabo una labor de traducción
entre los ordenamientos jurídicos con el propósito de cumplir las
expectativas de naturalización de las traducciones y, consecuentemente, las
estrategias que utilice deben estar condicionadas siempre por este objetivo.
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