La Conservación de la arquitectura y los espacios culturales
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Formas organizadas para el conocimiento. Potencialidades operativas en la
catalogación de Bienes Culturales Arquitectónicos
En los últimos años, Italia se ha comprometido a renovar las relaciones con la Historia de
la Tutela del Patrimonio Cultural, a través del desarrollo de una metodología actualizada para
el conocimiento científico de las diferentes expresiones artísticas y culturales (materiales e
inmateriales), individualizando los instrumentos de conocimiento necesarios para poner en
práctica la conservación a través del Catálogo de los Bienes Culturales. El Catálogo constituye un
repertorio racional y estructurado de información, bastante útil para documentar las
características distintivas de los objetos que son susceptibles de conservación. Precisamente,
la conservación de tales características distintivas que podemos denominar identificativas, es lo
que se persigue a través de la tutela y de la restauración. Las características distintivas son
consideradas el argumento de la Conservación y el campo de aplicación de las intervenciones de
restauración a nivel técnico, porque de éstas dependen la atribución del valor y significado al
objeto.
No podía ser de otra forma, históricamente, el registro de los objetos reconocidos como
expresión particular del arte y de la historia, ha determinado siempre el proceso de formación
de la identidad cultural de una comunidad, pueblo o nación, y la voluntad de identificar,
describir y difundir el conocimiento racional de las obras con valor, ha acompañado el
proceso histórico de formación del concepto de Conservación. Las formas actuales de
Catalogación derivan de experiencias precedentes, en alguna medida recientes: basta pensar
en la legislación de la República de Venecia, que en el año 1.773 por disposición del Consejo
de los Diez, con el objeto de obtener la “preservación y mantenimiento (….) de los cuadros más
representativos, obras de célebres autores existentes en las iglesias, escuelas, monasterios y otros lugares de la
ciudad y de las islas cercanas”, disponía de un “catálogo” con la descripción de dichas obras. Al
conjunto de experiencias italianas, que deben considerarse fundacionales para la formación
del enfoque moderno -teórico y operativo- para el conocimiento científico de las expresiones
de arte y cultura, pertenecen el conocido edicto del Cardenal Pacca y su respectiva
reglamentación, promulgados entre abril de 1.820 y agosto de 1.821. En este corpus
normativo se trazaron los principios de información y finalidad del catálogo moderno. Se
trataban los requisitos prácticos para identificar y reconocer las obras; la necesidad de validez
y veracidad de los datos; la posibilidad de actualización y control de los mismos, así como la
participación de los distintos conceptos en la formación de la descripción, de las
generalidades de la norma
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. El escenario normativo Italiano entre finales del siglo XVIII y la
primera mitad del siglo XIX mostraba realmente, de manera oportuna y con rigor, el
sentimiento común de otras naciones europeas. Pensemos en las iniciativas francesas puestas
en marcha con la Convención Nacional (1.793/95), que fueron encaminadas a contener el
vandalismo revolucionario. Más tarde, a nivel empresarial, se originó el deterioro de los
vestigios góticos, a pesar de que la intención fuese garantizar la conservación de las obras
histórico artísticas a través de su conocimiento, la comprensión de su valor y el ejercicio de
la restauración. El punto crucial de este proceso normativo, encaminado a la protección y a
la conservación de los objetos histórico artísticos del pasado, era la institución del Inventario
de los bienes adquiridos por el Estado: se situaba así la Nación a la cabeza de la tutela de las
obras de arte, a las que se les reconocía un papel patriótico y educativo, el único más acorde
con la formación de los “espíritus libres”.
Desde estas primeras iniciativas hasta la definición de la normativa actual, basada en la
disposición constitucional
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, la actividad de catalogación en Italia ha seguido la estructuración
!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!
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Para un análisis más profundo de la evolución histórica de la clasificación en Italia ver: NEGRI. F. Arnoldi:
II Catalogo dei Beni Cuturali (Principi e teniche di indagine), Roma 1.981, y para profundizar sobre el argumento
tratado en esta parte del texto véase: SATTALINI, F.: “Introduzione circa la documentazione, dell´Archittetura
e i modi per la sua catalogazione” en: PUGLIANO A.:,Il riconoscimento, la documentazione, il catalogo dei Beni
archittetonici. Elementi di un constituendo Thesaurus utile alla conscenza, alla tutela, alla conservazione del’Archittetura.2 vol.
Roma, Mibac- ICCD, Prospettive, 2.009, pagg. VII-XIII.
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La Constitución Italiana (Articulo 9) prevé la promoción del desarrollo de la cultura, de la investigación
científica y técnica, la protección del patrimonio histórico, artístico y del paisaje.