El traductor como mediador entre realidades opuestas: las sentencias sobre gestación por sustitución
DOI:
https://doi.org/10.21071/skopos.v16i.19881Abstract
La gestación por sustitución se ha convertido en un fenómeno al que recurren hoy en día numerosas personas que desean formar una familia, pero por distintos motivos, no pueden o no desean hacerlo por métodos naturales ni a través de la adopción. La gestación por sustitución es una práctica que se formaliza mediante un contrato, con o sin precio, en el que la gestante, tras dar a luz, renuncia a la filiación materna del futuro hijo, a favor de los comitentes. Al tratarse de una práctica ilegal en España, muchas personas viajan a países en los que la gestación subrogada está permitida, en especial a Estados Unidos y, más recientemente, a Ucrania, para ser padres por subrogación. Posteriormente, a la vuelta a España, para poder inscribir al menor en el Registro Civil, los futuros progenitores deben aportar una sentencia dictada por los tribunales judiciales del país en el que nació el bebé y traducida al español por un traductor jurado. Se trata, por tanto, de una situación compleja, también desde el punto de vista del traductor jurado, pues debe mediar entre dos marcos legales distintos, incluso opuestos, así como trabajar con una terminología, cuanto menos desconocida o confusa. El presente estudio pretende describir esta problemática y analizar algunas de las dificultades de traducción que presentan este tipo de encargos.
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